Asamblea Del Ejido

Asamblea Del Ejido en México en México

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Asamblea del ejido en la Legislación Mexicana

Artículo 22. El órgano supremo del ejido es la asamblea, en la que participan todos los ejidatarios.

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Artículo 23. La asamblea se reunirá por lo menos una vez cada seis meses o con mayor frecuencia cuando así lo determine su reglamento o su costumbre. Serán de la competencia exclusiva de la asamblea los siguientes asuntos:

Formulación y modificación del reglamento interno del ejido;

Aceptación y separación de ejidatarios, así como sus aportaciones;

Informes del comisariado ejidal y del consejo de vigilancia, así como la elección y remoción de sus miembros;

Cuentas o balances, aplicación de los recursos económicos del ejido y otorgamiento de poderes y mandatos;

Aprobación de los contratos y convenios que tengan por objeto el uso o disfrute por terceros de las tierras de uso común;

Distribución de ganancias que arrojen las actividades del ejido;

Señalamiento y delimitación de las áreas necesarias para el asentamiento humano, fundo legal y parcelas con destino específico, así como la localización y relocalización del área de urbanización;

Reconocimiento del parcelamiento económico o de hecho y regularización de tenencia de posesionarios;

Autorización a los ejidatarios para que adopten el dominio pleno sobre sus parcelas y la aportación de las tierras de uso común a una sociedad, en los términos del

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Artículo 75 de esta ley;

Delimitación, asignación y destino de las tierras de uso común así como su régimen de explotación;

División del ejido o su fusión con otros ejidos;

Terminación del régimen ejidal cuando, previo dictamen de la Procuraduría Agraria solicitado por el núcleo de población, se determine que ya no existen las condiciones para su permanencia;

Conversión del régimen ejidal al régimen comunal;

Instauración, modificación y cancelación del régimen de explotación colectiva; y

Los demás que establezca la ley y el reglamento interno del ejido.

Recursos

Véase también (en general)

Bibliografía General

  • José Arce y Cervantes, De las sucesiones y De los bienes
  • Jorge Alfredo Domínguez Martínez, El fideicomiso
  • Raúl Cervantes Ahumada, Derecho mercantil
  • Cipriano Gómez Lara, Teoría general del proceso
  • Luis Carral y de Teresa, Derecho notarial y Derecho registral
  • Rafael de Pina y José Castillo Larrañaga, Derecho procesal civil
  • Raúl Carrancá y Trujillo, Código penal anotado

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