Bienes Vacantes

Bienes Vacantes en México

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»][rtbs name=»derecho»]

Bienes vacantes

Definición: Son los inmuebles sin dueño cierto y conocido, según lo ordena el artículo 785 del Código Civil.

Libro fuente de la Definición anterior

Derecho civil

Parte general, personas, cosas, negocio jurídico e invalidez

Su Autor:

Jorge Alfredo Domínguez Martínez

Recursos

Véase también (en general)

Bibliografía General de Derecho Civil

  • José Arce y Cervantes, De las sucesiones y De los bienes
  • Jorge Alfredo Domínguez Martínez, El fideicomiso
  • Luis Carral y de Teresa, Derecho notarial y Derecho registral
  • Rafael de Pina y José Castillo Larrañaga, Derecho procesal civil
  • Francisco Lozano Noriega, Cuarto curso de Derecho civil: contratos
  • Manuel Borja Soriano, Teoría general de las obligaciones
  • José Becerra Bautista, El proceso civil en México
  • Eduardo García Máynez, Introducción al estudio del Derecho
  • Ramón Sánchez Medal, De los contratos civiles
  • Ignacio Galindo Garfias, Derecho civil: primer curso
  • Rafael Rojina Villegas, Compendio de Derecho civil

Jorge Alfredo Domínguez Martínez

Definición de Bienes vacantes

Una aproximación a Bienes vacantes podría ser la siguiente:

Bienes inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido (artículos 785 a 789 del Código Civil para el Distrito Federal).

Recursos

Véase también

Bienes vacantes

Bienes vacantes en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Recursos

Véase también

Otras búsquedas sobre Sucesiones en la Enciclopedia Jurídica Mexicana

Otras entradas relacionadas con Bienes vacantes en la sección sobre las Sucesiones pueden ser las siguientes:

  • Bienes troncales
  • Bienes reservables
  • Bienes relictos
  • Bienes hereditarios
  • Bienes cuasicastrenses

Deja un comentario