Carrera Judicial

Carrera Judicial en México

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Carrera judicial

Carrera judicial en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Definición y Carácteres de Carrera Judicial en Derecho Mexicano

Concepto de Carrera Judicial que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Fernando Flores García) Esta expresión ha recibido múltiples significados e interpretaciones de las que seleccionaremos algunas de las más relevantes. Empezaremos tratando de aclarar el sentido de los dos vocablos que integran esta alocución. Según el diccionario: carrera es el camino o curso que sigue uno en sus acciones; profesión de las armas, letras ciencias, etc., y, judicial, perteneciente al juicio, o a la administración de justicia o a la judicatura. Se ha definido la carrera judicial, como el conjunto o la escala de los grados del oficio judicial (Carnelutti); o bien, como la profesión que ejercen los funcionarios judiciales o la serie de grados desde el inferior hasta el superior, por los cuales van ascendiendo los funcionarios judiciales (Eduardo Pallares). Algunos autores estiman que es bastante para que exista la carrera judicial, la simple permanencia o continuidad en la función de juzgar; para otros es menester que los nombramientos para desempeñar los cargos judiciales tengan el carácter de definitividad. Se agrega como característica de la carrera judicial el requerimiento de una profesión jurídica especial y que formen un cuerpo también con conocimientos propios de su actividad (Becerra Bautista). No falta quien opine que esos profesionistas deben ser profesionales de esa adscripción del servicio público, en la que el escalafón es consubstancial con la carrera judicial. Así, se le ha conceptuado como el conjunto de personas, con formación profesional, que tienen a su cargo la función juzgadora, con carácter permanente, y con derecho a ocupar distintos puestos, según su antigüedad, méritos o circunstancias, de acuerdo con lo que establezcan y regulen las disposiciones orgánicas (Sentís Melendo).

Más sobre el Significado de Carrera Judicial

Complementamos la idea que hace tiempo sostuvimos acerca de la carrera judicial como el tránsito de etapas o escalones progresivos que pueden recorrer los jueces profesionales (con título o licencia para ejercer las profesiones jurídicas o el especial para el desempeño en la judicatura que se estila en otras latitudes), abarcando un periodo preliminar (cursos en la escuela judicial dada la condición propia de los conocimientos y experiencias de la función de juzgamiento), el ingreso (no por designación favoritista, sino por reconocimiento de los méritos subjetivos del aspirante), las promociones (obtenidas por fiel cumplimiento de los quehaceres judiciales) y el retiro reglamentario. En ese trayecto judicial resulta deseable que se muestre y confirme la vocación de administrar justicia, con un desempeño no rutinario sino ejemplar de sus integrantes y debe incorporarse como un atributo infaltable de la carrera judicial el estricto apego a un estatuto judicial, que involucre, por un lado, la dignidad indispensable de los derechos subjetivos de los jueces y magistradores, terminología preferible a la de garantías judiciales que deben referirse al instrumento tutelar de esas facultades sustanciales de los jueces: independencia, inamovilidad, derechos económicos, presupuestales, de seguridad social, los honoríficos y de respetabilidad de su persona y de eficacia de sus mandatos; y, por otro, él catálogo de los deberes judiciales que comprenda las prohibiciones, incompatibilidades, obligaciones congruentes con su delicada tarea y en caso de su desobediencia, la especificación de la exigencia efectiva de la responsabilidad en que puedan incurrir: administrativa, civil, penal o política.

Desarrollo

Estas premisas condensan algunas de las resoluciones acordadas unánimemente en dos congresos mexicanos de derecho procesal, que se comunicaron a las autoridades políticas y judiciales de nuestro país, como un aporte de los académicos, profesores, investigadores, abogados postulantes, jueces, asistentes, para que se alcance una verdadera, una auténtica carrera judicial que coadyuve con otros factores políticos, económicos, sociales, educativos, ético-profesionales, etc., para una administración de justicia recta y al alcance del anhelante pueblo nuestro

Véase También

Administración de Justicia

Recursos

Véase También

Bibliografía

Alcalá-Zamora y Castillo, Niceto y Levene, hijo, Ricardo, Derecho procesal penal, Buenos Aires, Ediar, sin fecha, tomo I; Beceña, Francisco, Magistratura y justicia, Madrid, 1928; Becerra Bautista, José, El Proceso civil en México; 8ª edición, México, Porrúa, 1980; Flores García, Fernando, «Implantación de la carrera judicial en México». Revista de la Facultad de Derecho de México, México, tomo X, números 37, 38, 39, 40, enero-diciembre de 1960; Flores García, Fernando, El Estado- Juez, México, 1961; Flores García, Fernando, La carrera judicial, México, 1967; Gómez Lara, Cipriano, Teoría general del proceso; 5ª edición, México, UNAM, 1980; Medina, Ignacio, «Implantación de la carrera judicial en México», Revista de la Facultad de Derecho de México, México, tomo X, números 37, 38, 39, 40, enero-diciembre de 1960; Río Govea, Manuel del, «La carrera judicial en México», Revista de la Facultad de Derecho de México, México, tomo X, números 37, 38, 39, 40, enero-diciembre de 1960; Sentís Melendo, Santiago, «La carrera judicial en la Argentina», Revista de la Facultad de Derecho de México, México, tomo X, números 37, 38, 39, 40, enero-diciembre de 1960.

Recursos

Véase también

Carrera judicial

Carrera judicial en el Diccionario de Derecho Procesal Constitucional y Convencional

Se expresa el mencionado Diccionario, sobre Carrera judicial , en voz escrita por Luis Fernando Angulo Jacobo, en los siguientes términos: La carrera judicial es la institucionalización de la selección y designación de los jueces y magistrados, así como del ascenso de los servidores públicos en los cargos vinculados a las labores jurisdiccionales, dentro de los poderes judiciales.

Tiene por objeto que se lleve a cabo adecuadamente la formación y capacitación de estos servidores públicos, a fin de que los mejor preparados puedan ascender a través de las distintas categorías que la conforman, hasta acceder a los cargos de juez o magistrado.

La incorporación de la carrera judicial en el sistema jurídico implica el reconocimiento y la salvaguarda de diversas garantías, dentro de las que se destacan:

a) Objetividad en la selección y designación de jueces y magistrados. Los aspirantes a cargos jurisdiccionales se tienen que encontrar en igualdad de condiciones de participar y demostrar su aptitud para acceder a los mismos, lo cual se alcanza con la implementación de concursos de oposición. En diversos sistemas jurídicos también se llevan a cabo cursos que se deben realizar ya sea de forma previa o bien de manera posterior a los concursos correspondientes, los cuales incluso pueden ser vinculantes para el acceso al cargo de juzgador, y tienen como objeto que los aspirantes perfeccionen sus conocimientos en diversas ramas vinculadas a la labor jurisdiccional.

b) Acceso a la capacitación. Dentro de la carrera judicial es necesario que existan programas de capacitación con el fin de que los integrantes de la misma fortalezcan sus conocimientos. Para llevar a cabo lo anterior, las escuelas judiciales cobran especial importancia, pues son órganos especializados en formación y actualización sobre temas jurisdiccionales, a través de cursos confeccionados con base en las necesidades de la impartición de justicia.

c) Remuneración fija. Una vez que los servidores públicos, y en particular los juzgadores, dejan de preocuparse de sus necesidades básicas, así como de las de su familia, se encuentran en un estado óptimo para desempeñar sus funciones; en esa medida se requiere que cuenten con una remuneración fija y suficiente a fin de que otros factores no distraigan su atención.

d) Permanencia y ratificación en el cargo. La permanencia y, en caso de que se encuentre prevista, la ratificación en el cargo de los juzgadores deben sustentarse en parámetros objetivos.

Aunado a lo anterior, la carrera judicial encuentra soporte en los principios que orientan la labor de los juzgadores; en el supuesto del sistema jurídico mexicano se reconocen a nivel constitucional los relativos a la independencia, imparcialidad, objetividad, profesionalismo y excelencia, los cuales se desarrollan en el Código de Ética del Poder Judicial de la Federación, y de los que a continuación se refiere su contenido.

e) Independencia. Es la actitud del juzgador frente a influencias extrañas al derecho (mexicano), lo que implica que debe juzgar a partir del derecho (mexicano), y no de presiones o intereses extraños.

f) Imparcialidad. Consiste en juzgar con ausencia absoluta de designio anticipado o de prevención a favor o en contra de alguno de los justiciables.

g) Objetividad. Consiste en que el juez emita sus fallos por las razones que el derecho le suministra, y no por las que se deriven de su modo personal de pensar o de sentir. h) Profesionalismo. Es la disposición para ejercer de manera responsable y seria la función jurisdiccional, con relevante capacidad y aplicación.

i) Excelencia. El juzgador se perfecciona cada día para desarrollar las siguientes virtudes judiciales: humanismo, justicia, prudencia, responsabilidad, fortaleza, patriotismo, compromiso social, lealtad, orden, respeto, decoro, laboriosidad, perseverancia, humildad, sencillez, sobriedad y honestidad.

Más en el Diccionario

La carrera judicial implica la necesidad de que se defina el perfil que se requiere de los juzgadores, para lo cual los principios que la conforman proporcionan esta guía, y con base en esta definición se deben realizar tanto los concursos de oposición para acceder a los cargos de juez o magistrado, como la capacitación de los servidores públicos, a fin de que los poderes judiciales respondan a los requerimientos de la impartición de justicia.

Lo anterior es así, pues los órganos jurisdiccionales deben estar integrados por juristas con los conocimientos, experiencia y aptitudes que les permitan desempeñar de la mejor forma el cargo de juzgador, pues en última instancia sus determinaciones repercuten en valores tales como la libertad, la propiedad, la familia, e incluso en la vida de los justiciables.

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