Códigos de Procedimientos Civiles

Códigos de Procedimientos Civiles en México

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Definición y Carácteres de Códigos de Procedimientos Civiles en Derecho Mexicano

Concepto de Códigos de Procedimientos Civiles que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por José Ovalle Favela) De acuerdo con la distribución de competencias prevista en el artículo 124 de la Constitución, la expedición de la legislación procesal civil compete a cada una de las legislaturas de los 31 Estados que integran la federación, así como al Congreso de la Unión actuando como órgano legislativo del Distrito Federal. Esto significa que en México existen 31 códigos estatales de procedimientos civiles y uno distrital, a los cuales hay que agregar el federal, que regula el procedimiento para los asuntos Civiles de carácter nacional, incluyendo aquellos en los que la federación actúe como parte. En total suman 33 códigos de procedimientos civiles. A pesar de esta considerable cantidad de ordenamientos procesales – que ha sido muy criticada por la doctrina -, el contenido de ellos no suele ser muy diferente, pues la gran mayoría sigue textualmente el contenido del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal de 1932. Este código fue elaborado por una comisión integrada por Gabriel García Rojas, José Castillo Larrañaga y Rafael Gual Vidal. Es el código que ha recogido, en mayor medida, la influencia de la legislación procesal civil española, en particular de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1855, a través del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal de 1884 y del Código del Estado de Puebla de 1880, conocido como Código Béiztegu

Más sobre el Significado de Códigos de Procedimientos Civiles

Fuera de la influencia del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal de 1932, deben señalarse dos grupos de ordenamientos. Por un lado, el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato de 1934 y el Código Federal de Procedimientos Civiles ambos obra del profesor Adolfo Maldonado, y de factura muy superior a la del distrital; redactados con mejor técnica legislativa, se encuentran orientados hacia la oralidad y la «publicización» del proceso civil. Por otro lado, deben mencionarse, en segundo término, los Código de Procedimientos Civiles de los Estados de Sonora (1949), Morelos (1955) y Zacatecas (1965), que se inspiraron en el anteproyecto de Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales de 1948. Este anteproyecto fue elaborado por una comisión integrada por Ernesto Santos Galindo, Luis Rubio Siliceo y José Castillo Larrañaga, la cual trabajó sobre la base del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal de 1932; al que mejoró sustancialmente con nuevas soluciones, algunas de ellas provenientes del conocido proyecto del notable procesalista uruguayo Eduardo J. Couture de 1945; y de la doctrina procesal italiana. Al lado de los tres códigos mencionados que siguen al anteproyecto de 1948, debe agregarse el de Tamaulipas (1961) que también lo sigue, aunque no de manera total y coherente.

Recursos

Véase También

Bibliografía

Alcalá-Zamora, Niceto, «Síntesis del derecho procesal (civil, mercantil y penal)», Derecho procesal mexicano, México, Porrúa, 1977, tomo II; Alcalá-Zamora y Castillo, Niceto, Castillo Larrañaga, José y otros, «Curso colectivo acerca del Anteproyecto de Código Procesal Civil para el Distrito Federal», Revista de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, México, números 47-48, julio-diciembre de 1950.

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