Contrato de Radiodifusión

Contrato de Radiodifusión en México en México

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Contrato de radiodifusión en la Legislación Mexicana

Artículo 66. Por el contrato de radiodifusión el autor o el titular de los derechos patrimoniales, en su caso, autoriza a un organismo de radiodifusión a transmitir una obra.

Las disposiciones aplicables a las transmisiones de estos organismos resultarán aplicables, en lo conducente, a las efectuadas por cable, fibra óptica, ondas radioeléctricas, satélite o cualquier otro medio análogo, que hagan posible la comunicación remota al público de obras protegidas.

Legislacion: Ley Federal del Derecho de Autor

Tipo: Federal

Fecha de Publicacion: 24/12/1996

Recursos

Véase también (en general)

Bibliografía General

  • Luis Recasens Siches, Tratado general de filosofía del Derecho
  • Felipe Tena Ramírez, Derecho constitucional mexicano
  • Manuel Borja Soriano, Teoría general de las obligaciones
  • José Becerra Bautista, El proceso civil en México
  • Eduardo García Máynez, Introducción al estudio del Derecho
  • Jorge Carpizo McGregor, La Constitución mexicana de 1917
  • Gabino Fraga, Derecho administrativo
  • Mario de la Cueva y de la Rosa, El nuevo Derecho mexicano del trabajo
  • Ramón Sánchez Medal, De los contratos civiles
  • Ignacio Galindo Garfias, Derecho civil: primer curso
  • Rafael Rojina Villegas, Compendio de Derecho civil

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