Desregulación de la Actividad Empresarial en el Estado de México

Desregulación de la Actividad Empresarial en el Estado de México en México en México

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Desregulación de la Actividad Empresarial en el Estado de México

A fin de dar cumplimiento a los compromisos contraídos con el gobierno federal, el ejecutivo estatal suscribió el Acuerdo para la Desregulación de la Actividad Empresarial del Estado de México, el cual fue públicado el 14 de diciembre de 1995 en la Gaceta del Gobierno. El acuerdo estableció las bases para la desregulación y simplificación de los requisitos y plazos que las instancias estatales exigen para la apertura y funcionamiento de empresas comerciales, industriales y de servicios. Derivado de los trabajos realizados, en el marco de la VI Reunión del Comité Estatal de Simplificación Administrativa, efectuada en el municipio de Tlalnepantla el8 de julio de 1996, el gobernador presentó el Registro Estatal de Trámites Empresariales, el cual condensa los únicos trámites, requisitos y condiciones que las dependencias y organismos de la administración pública estatal podrán solicitar para abrir, operar o regularizar un negocio. El esfuerzo desplegado en la desregulación y simplificación de trámites se ve reflejado en una considerable disminución de trámites y requisitos, además de abreviarse los tiempos de respuesta a las solicitudes de los empresario- Con el apoyo de los órganos de control interno se han llevado a cabo visitas y reuniones de trabajo con los titulares de las unidades administrativas que incluyen trámites en el registro, a efecto de verificar y garantizar el efectivo cumplimiento del mismo. Para 1997 se continuará una segunda etapa para avanzar aún más en la desregulación y simplificación de la actividad económica, además de que se reglamentarán los términos y plazos para la aplicación de la afirmativa y negativa ficta, lo que vendrá a otorgar mayor certeza jurídica al ciudadano en la gestión de sus trámites ante las oficinas públicas estatales. Otros resultados de desregulación Se suprimió el trámite de licencia sanitaria para 98 de los 106 giros de salubridad local, es decir, para el 92%, sustituyéndola por un simple aviso de operaciones al Instituto de Salud local, 30 días previos a la apertura del negocio. Se liberó de la regulación y control sanitario a 62 de los 106 giros de saluoridad local, o sea el 58%, ya que no presentan riesgo a la salud de la población mexiquense, por lo que ya no es necesario presenten la licencia sanitaria ni serán objeto de visitas ordinarias de inspección. Se exentó de la presentación de la manifestación de impacto y riesgo ambiental a 36 giros relacionados con obras y actividades industriales, comerciales y de servicios de carácter micro industrial, consideradas de bajo o nulo impacto ambiental. [1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre Desregulación de la Actividad Empresarial en el Estado de México de «Administración Local de México,» Tomo II, (1997) del Instituto Nacional de Administración Pública, A. C., México

Véase También

Bibliografía

  • Desregulación de la Actividad Empresarial en el Estado de México en «Gobierno y administración pública en el Estado de México: una mirada a 175 an_os de historia,» por Alfonso Xavier Iracheta Cenecorta (Colegio Mexiquense, México, 2000)
  • Información sobre Desregulación de la Actividad Empresarial en el Estado de México en el «Diccionario Jurídico de la Administración Local,» de Salvador Trinxet (2017)

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