Investigación Juridica

Investigación Juridica en México

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Definición y Carácteres de Investigación Juridica en Derecho Mexicano

Concepto de Investigación Juridica que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Héctor Fix-Zamudio) La cuestión relativa a la existencia de la investigación jurídica se encuentra estrechamente relacionada con la posibilidad de una ciencia del derecho (mexicano), lo que se ha discutido de manera constante no sólo por tratadistas de otras disciplinas inclusive de carácter social, sino también por los mismos juristas que en muchas ocasiones han tenido serias duchas sobre el carácter científico de sus estudios, y el ejemplo más palpable es el de la clásica conferencia del jurista alemán Julio Germán von Kirchman sustentada en 1847, pero que tiene repercusiones en la actualidad, y en la que trazó un cuadro muy desconsolador de lo que calificó como el «carácter científico de la jurisprudencia».

Desarrollo

Sería muy complicado hacer una relación de los trabajos jurídicos que puedan calificarse como científicos en nuestro país, tomando en cuenta que desde la época colonial se publicaron obras importantes de estudiosos tanto españoles como criollos sobre las instituciones jurídicas aplicables a la Nueva España y esta tradición experimentó un desarrollo significativo durante todo el siglo XIX, particularmente con motivo de la renovación que se produjo con la expedición de los códigos que sustituyeron la vieja legislación española en la segunda mitad del siglo anterior, a partir del Código Civil para el Distrito Federal de 1870, al cual siguieron varios de carácter sustantivo y procesal en las diversas entidades federativas que tomaron como modelo los distritales y los de carácter federal. La expedición de estos códigos propició el florecimiento de numerosos estudios de tratadistas mexicanos entre los cuales podemos citar los nombres de Manuel Mateos Alarcón, José María Lozano, Miguel S. y Pablo Macedo, Silvestre Moreno Cora, y Jacinto Pallares. El derecho público en el cual se observa una influencia importante del ordenamiento constitucional de los Estados Unidos, motivó la publicación de obras fundamentales entre las que podemos destacar las de Ignacio Luis Vallarta y Emilio Rabasa, pero también de José María del Castillo Velasco, Eduardo Ruiz, Mariano Coronado, Ramón Rodríguez e Isidro Montiel y Duarte, y por supuesto también florecieron los estudios sobre nuestro juicio de amparo, entre los cuales resaltan los de los destacados tratadistas ya mencionados Ignacio Luis Vallarta y Emilio Rabasa.

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La revolución política y social comenzada en 1910 y que culminó con la expedición de la Constitución de 5 de febrero de 1917, inició el llamado «constitucionalismo social» con la consagración de los derechos de los campesinos y de los trabajadores en sus artículos 27 y 123, motivando una verdadera renovación de los trabajos jurídicos de carácter científico en nuestro país, en una doble dirección: en primer término al superar metodológicamente los estudios jurídicos que predominaron en el siglo anterior y en las primeras décadas del presente, los que inspirados en la escuela de la exégesis, se tradujeron en comentarios o glosas de los textos legislativos, puesto que los nuevos trabajos posteriores a la nueva Constitución se elaboraron en su mayor parte con una orientación sistemática. Particularmente en los años cuarenta se observa una profusa producción de los textos clásicos elaborados por lo más distinguidos catedráticos de las Escuelas: Nacional de Jurisprudencia de la UNAM, y Libre de Derecho, entre los cuales nos limitamos a citar, en vía de ejemplo, las obras de Felipe Tena Ramírez, Miguel Lanz Duret y Manuel Herrera y Lasso, en derecho constitucional; Gabino Fraga, Andrés Serra Rojas y Antonio Carrillo Flores en derecho administrativo; Ignacio Burgoa Orihuela respecto del juicio de amparo; José Angel Ceniceros, Luis Garrido, Francisco González de la Vega, Raúl Carrancá y Trujillo, Celestino Porte Petit, y Javier Piña y Palacios en materia penal; Manuel Borja Soriano y Rafael Rojina Villegas en derecho civil; Felipe de J. Tena y Roberto L. Mantilla Molina en el campo mercantil; Manuel J. Sierra e Isidro Favela en derecho internacional público; Eduardo Trigueros Saravia en el internacional privado; Rafael Preciado Hernández en los estudios de filosofía del derecho (mexicano), así como Toribio Esquivel Obregón respecto de la historia jurídica nacional, para no citar sino a los iniciadores de los modernos estudios científicos del derecho en nuestro país. En segundo lugar, con motivo de la introducción de las bases esenciales de los derechos de los campesinos y de los trabajadores en la Constitución de 1917, según se ha dicho, surgió en nuestro país una vigorosa doctrina sobre las nuevas disciplinas jurídicas laboral y agraria, debiendo destacarse las obras fundamentales de los tratadistas Mario de la Cueva y Alberto Trueba Urbina en derecho del trabajo, y la iniciación de los estudios científicos sobre el derecho agrario por parte del notable jurista y sociólogo Lucio Mendieta y Nuñez.

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Hasta este momento la investigación jurídica es exclusivamente individual y efectuada por los juristas mexicanos de manera predominante en sus bibliotecas particulares, por lo que la etapa decisiva en la evolución de los estudios jurídicos de carácter científico se debe a la promoción fundamental, aun cuando no exclusiva, de la emigración española provocada por la guerra civil, si se toma en cuenta que a partir del año de 1937 en que llegaron los primeros juristas hispanos, hasta el de 1946 en el cual arriba a México el ilustre procesalista Niceto Alcalá-Zamora y Castillo, puede observase un notorio incremento de los estudios científicos sobre la más variadas disciplinas jurídicas propiciado por la infatigable labor de los tratadistas españoles, entre los cuales podemos citar además del profesor Alcalá-Zamora y Castillo, a los distinguidos juristas Luis Recaséns Siches, Manuel Pedrozo, Constancia Bernardo de Quiroz, Mariano Ruiz Funes, Mariano Jiménez Huerta, Joaquín Rodríguez y Rodríguez y Rafael de Pina Milán, entre otros. Los citados estudiosos españoles influyeron en la investigación jurídica mexicana en una doble dirección: en primer lugar por ser portadores de las corrientes doctrinales europeas entonces más recientes, y en segundo término por haber propiciado el inicio de la investigación institucionalizada en la entonces Escuela Nacional de Jurisprudencia, cuyo primer Reglamento fue aprobado por el Consejo Universitario el 18 de diciembre de 1947 (el vigente fue expedido el 18 de mayo de 1967), y luego con la fundación en el año de 1940 del Instituto de Derecho Comparado de México por el notable jurista español Felipe Sánchez Román, dentro de la Escuela Nacional de Jurisprudencia, pero que adquirió su autonomía a partir de 1948, con la cual la propia investigación jurídica no sólo adquirió un carácter institucional, sino también naturaleza profesional. Otro acontecimiento importante fue el establecimiento del doctorado en derecho por acuerdo del Consejo Universitario del 7 de octubre de 1949, con el propósito esencial de formar profesores e investigadores, con lo cual se transformó la antigua Escuela Nacional de Jurisprudencia de la UNAM en la actual Facultad de Derecho. En el año de 1967 dichos estudios integraron la División de Estudios Superiores, ahora de Posgrado de acuerdo con los Reglamentos Generales de 18 de mayo de 1967 y 9 de enero de 1979.

Además

Con todos los elementos anteriores es explicable que a partir de la quinta década de este siglo se incrementaran en forma progresiva los estudios jurídicos de carácter científico sobre el ordenamiento nacional, particularmente por los juristas mexicanos, pero también por parte de algunos extranjeros, lo que se traduce en el aumento constante de las publicaciones no sólo de libros, sino también de monografías y artículos de revista, y una demostración de este desarrollo puede observarse en el inventario anual de la producción jurídica mexicana elaborado por Eugenio Hurtado Márquez en el Anuario Jurídico del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM que aparece a partir de 1974, inventario que ya es impresionante si lo comparamos con estudios del siglo anterior y los primeros años del presente. Por tanto resulta imposible intentar así fuera una enumeración ejemplificativa como la que realizamos anteriormente, de los juristas actuales, ya que además de rebasar ampliamente las posibilidades de este breve resumen se corre el riesgo de incurrir en graves omisiones, por lo que nos remitimos a las bibliografías mencionadas.

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No obstante los avances anteriores, podemos señalar que todavía la investigación jurídica en nuestro país no ha logrado superar en general los derroteros de improvisación, pragmatismo, y lo que es más grave, su centralización en el área metropolitana, pues en nuestro concepto es preciso que la propia investigación se introduzca paulatinamente en las diversas etapas de la enseñanza del derecho en todas las Universidades del país y llegar inclusive a las actividades profesionales y no encerrarse de manera exclusiva en los escasos, institutos existentes y de manera esporádica en los diversos Seminarios de nuestra Escuelas y Facultades. En nuestro concepto existen tres etapas progresivas en la investigación jurídica: a) el preseminario que puede realizarse por conducto de un curso introductorio de técnicas de la investigación jurídica, y si bien se advierte la tendencia paulatina a introducirlo en algunas Facultades de Derecho, carece de carácter general, si se toma en cuenta que todavía no existe en la Facultad de derecho de la UNAM, y esta ausencia ha traído como resultado que los alumnos no se encuentren en aptitud de redactar trabajos o monografías sencillos para los estudios posteriores; b) el seminario que significa un centro permanente de estudios y que en la actualidad se limita en la mayoría de los casos a auxiliar a los alumnos para la preparación de las tesis de licenciatura y, en ocasiones, de maestría y doctorado, pero salvo casos de excepción no efectúa en nuestro país las restante labores que le corresponden como lo es el trabajo de equipo y la elaboración de material didáctico, y c) institutos de investigación, que es la etapa más elevada y que implica la realización de una actividad académica profesional, pero que no se puede efectuar sin la preparación de personal técnico especializado y sin contar con el auxilio indispensable de un centro de documentación que debe incluir una biblioteca, así como acervos legislativo y jurisprudencial, debidamente clasificados y catalogados.

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En virtud de lo anterior podemos afirmar que en la labor académica de alto nivel científico destaca el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, en el cual se transformó el anterior Instituto de Derecho Comparado de México a partir del año de 1968. La actividad de este Instituto se ha desarrollado en varias direcciones: la primera de las cuales está relacionada con la preparación de investigadores profesionales de manera fructífera con apoyo en el programa de formación del personal académico que inició el rector doctor Ignacio Chávez en el año de 1965, y que ha permitido a un conjunto de jóvenes juristas realizar estudios de posgrado en el extranjero y su incorporación a la labor permanente en la realización de estudios jurídicos originales de carácter científico, y dentro de este sector también ha sido muy benéfica la creación de una categoría dentro del personal académico que ha servido de gran apoyo a la propia investigación. Nos referimos a los técnicos académicos regulados por los Estatutos del Personal Académico de la UNAM de 16 de diciembre de 1970 y el vigente, de 28 de junio de 1974. Por otra parte el citado Instituto ha publicado más de trescientos libros, además de sus cuatro publicaciones periódicas permanentes (Boletín Mexicano de Derecho Comparado, Anuario Jurídico, Gaceta Informativa de Legislación Nacional y Cuadernos del Instituto de Investigaciones Jurídicas) sobre los más diversos temas jurídicos, entre ellos los relativos a los problemas nacionales más importantes, pero de esa extensa producción de la cual no podemos hacer una mención así fuera somera, debemos destacar la iniciación de estudios jurídicos colectivos y pluridisciplinarios, tomando en cuenta que, como se ha dicho anteriormente, hasta época reciente han predominado las investigaciones personales y estrictamente jurídicas. En el primer sector es preciso mencionar como los de mayor amplitud, el Panorama del derecho mexicano publicado en dos volúmenes (1965-1966), por el anterior Instituto de Derecho Comparado de México; la Introducción al Derecho Mexicano, dos volúmenes (1981), elaborado por los integrantes del actual Instituto de Investigaciones Jurídicas, el cual también publicó con la colaboración de juristas extranjeros la serie intitulada Setenta y cinco años de evolución jurídica en el mundo, cinco volúmenes (1979). Por lo que se refiere a los estudios conjuntos de carácter jurídico no sólo respecto de otras disciplinas sociales, sino también de ciencias experimentales, pueden señalarse entre otros, los volúmenes colectivos sobre El aborto, un enfoque multidisciplinario, publicado en 1980 por el propio Instituto de Investigaciones Jurídicas con el Instituto de Investigaciones Biomédicas de la UNAM; Arqueología y derecho en México, con el Instituto de Investigaciones Antropológicas (1981); Seminario de Evaluación de la Ley de Fomento Agropecuario, con la Facultad de Medicina Veterinario y Zootecnia (1981), todas estas instituciones de la UNAM, así como Memoria del I Coloquio sobre legislación pesquera, con el Departamento, ahora Secretaría, de Pesca del Gobierno Federal, en cuatro volúmenes (1981).

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El Instituto de investigaciones Jurídicas de la UNAM ha servido de modelo para la creación de otras instituciones similares, inclusive con el mismo nombre, como ha ocurrido con los Institutos de Investigaciones Jurídicas de las Universidades Veracruzana, y Autónomas de San Luis Potosí y de Querétaro, en la inteligencia de que el primero inició sus actividades en la ciudad de Jalapa en al año de 1973 y ha publicado anualmente la revista Estudios Jurídicos que ha aparecido a partir de 1974, pero los otros son muy recientes, ya que se fundaron en 1984 y 1986, respectivamente. También debe mencionarse el Instituto de Investigaciones Jurídicas creado en la Escuela Libre de Derecho de la ciudad de México y que tiene la publicación intitulada Revista de Investigaciones Jurídicas, así como el Departamento de Investigaciones Jurídicas de la Facultad de Derecho de la Universidad de Guanajuato, el cual edita un Boletín.

Recursos

Véase También

Bibliografía

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