Parlamento Británico

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Parlamento Británico en el Derecho Parlamentario

Introducción General

De la voz inglesa parliament, derivado del verbo arcaico parler, cuya estructura filológico deja al descubierto su ascendiente de cuño francés. La palabra parlamento se traduce en otras lenguas como sigue: inglés, parliament; francés, parlement; en alemán, Parlament, portugués e italiano, parlamento. En cuanto a la palabra británico se traduce: en portugués, britânico; en inglés, British, en francés, britannique; en alemán, britisch, britannsch, y en italiano, britànnico.

Desarrollo de Parlamento Británico en este Contexto

Para el estudio de la génesis del parlamento británico, resultan prolijos los antecedentes de la institución. Dentro de la fase prenormanda de Inglaterra existió la figura del Witan, cuya naturaleza no era legislativa ni mantenía control político sobre los actos del rey. Por el galicismo, es factible colegir que la conformación del parlamento se debe a una influencia tardía del derecho romano en la Britania, a través de la invasión normanda realizada por Guillermo el Conquistador hacia el año 1066, con base en este argumento de carácter etimológico, se considera que el parlamentarismo francés hace referencia desde el siglo XIII, al desarrollo de los sistemas de revisión judicial más que a procesos de tipo legislativo. Con la Carta Magna de 1215 se da uno de los primeros estadios del parlamentarismo británico, con ella los diversos estamentos signantes se arrogaron la facultad de aprobar impuestos. Esta asamblea en creciente evolución de su autoridad fue llamada a la postre parliament. Se ha pretendido explicar el nacimiento del parlamento, aunado a los orígenes de la ficción de la representación política de una manera muy simple, toda vez que desde el año 1213 el rey convocaba con periodicidad a los nobles con el fin de obtener su autorización para modificar la tribulación regional, dichas reuniones se desarrollaban en la Abadía de Westminster, lugar donde el rey se encontraba con sus lores, dada la distancia éstos solían designar representantes con capacidades decisorias. El parlamento surgido de la Carta Magna era conocido en sus orígenes como Magnum Concilium o Consejo Común del Reino. Su integración, mediante pares laicos y eclesiásticos de alguna manera correspondía a la posterior Cámara de los Lores. En 1265 fueron convocados por primera vez dos caballeros de cada condado, fecha considerada como el origen del Parlamento británico, procedimiento que se hizo definitivo en 1295, cuando Eduardo I convocó a la asamblea, conocida como parlamento modelo, en que fueron convocados a integrar el parlamento los miembros de la pequeña nobleza del campo (gentry) y de las ciudades (boroughs), quienes paulatinamente comenzaron a rivalizar con la ya existente Cámara de los Lores. Tras la fusión de los gentry y los boroughs nace una nueva fuerza en el seno del parlamento medieval británico: los commons. Éste fue el proceso que generó desde el siglo XIV dos segmentos asambleísticos distintos, la Cámara Baja (House of Commons) y la Cámara Alta (House of Lords). Tras esta conjunción, la expresión parliament dejó de hacer referencia exclusiva a la Cámara Alta, para involucrar semánticamente a su colegisladora. Se propagó en el ámbito político de la época, que los lores y los commons no gestionaban asuntos propios o de sus electores o mandantes tales como terratenientes o comerciantes, sino que en conjunto actuaban en nombre de todos los ciudadanos y con el fin de proteger intereses y derechos comunes y más tarde nacionales. El Parlamento se convirtió en órgano representativo de la totalidad del Estado.

Más Detalles

El Parlamento británico desde el siglo XII, fue arrogándose la función legiferante, dejando en manos del monarca la función meramente sancionadora. Las causas de este fenómeno están estrechamente vinculadas con el prístino carácter estamental que las cámaras habían tenido, siendo uno de sus puntos neurálgicos negociar la tribulación de cada grupo. No requirió mucho tiempo para que este órgano representativo experimentará una metamorfosis radical para compartir la soberanía con su majestad real. De esta guisa, no se consideraba válido ningún impuesto que no hubiese sido sancionado por el parlamento, este principio fue consolidado por la confirmatio de 1297 y mediante el Estatuto de 1314. Durante un largo periodo, el monarca inglés en tanto miembro del parlamento conservó la facultad de vetar las leyes expedidas por éste, siendo en el año 1707 la última vez que dicha atribución fue ejercida por la Reina Ana, al vetar la Scotch Militia Act. La modernización de la estructura parlamentaria transcurrió entre grandes y graves vicisitudes. El fin de la preponderancia monárquica y el principio de la dictadura de la asamblea parlamentaria, quedó plasmada en la Época Isabelina. A partir de este momento, la teoría del régimen parlamentario cambiaría totalmente. La ruptura de la sociedad estamentaria comenzó bajo el reinado de los Tudor, en la salida de la Edad Media. El desarrollo del parlamentarismo británico, le debe mucho al cisma religioso acaecido durante el reinado de Enrique VEn efecto, tras la ruptura entre el Estado y la Iglesia, el parlamento fue fortalecido para actuar como un protagonista capaz de moderar a todos los sectores de la población. La ejecución de Carlos I es el antecedente de la erección de la Commonwealth, figura similar a la República, con características agudas de dictadura. Esta perversión gubernamental produjo la supremacía indiscutible del parlamento en el periodo conocido justamente como Parlamento Largo en 1649. Correspondió a Carlos II restaurar la tradición monárquica inglesa, menguando la fuerza política del parlamento. A la fase que sobreviene a estos hechos, se le ha llamado el despertar del Parlamento en la Gran Bretaña. Estamos en las vísperas de la Gloriosa Revolución de 1688. El gabinete aparece en el siglo XVII, actuando originariamente como consejero real, para encomendársela luego, la conducción de asuntos políticos y administrativos. Durante los reinados de Jorge I y Jorge II (Casa de Hannover), es cuando el virtual primer ministro, Robert Walpole, se independiza del rey. Walpole, que lograba dominar al parlamento por medio del soborno y la dádiva, proclama que sus poderes tienen origen real, pero que él es responsable ante el parlamento. Posteriormente esta responsabilidad es ampliada a todo el gabinete. Nace entonces, el principio de la responsabilidad del gobierno. Jacobo II sucede a Carlos II en el poder, con la intención de continuar el absolutismo (siglos XVII y XVIII en Europa; véase también la información respecto a la historia del derecho natural) de los Estuardos. Sin el derramamiento de una sola gota de sangre es depuesto por el príncipe de Orange, más tarde Guillermo III, lo que fue el detonante de la Revolución de 1688. Esta sustitución política implicó la vuelta al régimen representativo, fase considerada como el inicio del desarrollo del parlamentarismo, toda vez que Guillermo III conformó su gabinete con aquéllos de sus partidarios que lo ayuda
ron a la toma del poder.

Algunos Aspectos

El ascenso al poder del príncipe de Orange, supone la suscripción con el parlamento de una carta, la famosa Bill of Rights, signada el 13 de febrero de 1689, según este documento el monarca pierde el veto sobre las acciones parlamentarias, lo que se asentó en el Acta de Establecimiento. El ideólogo de esta nueva etapa constitucional fue John Locke, autor de los Dos Ensayos sobre el Gobierno Civil. La solidificación del gabinete, nueva fase del parlamentarismo, se realizó en la primera mitad del siglo XVIII cuando Jorge I cedió gran parte de sus facultades políticas a su primer ministro. (La verdadera razón de esta concesión era que el rey Jorge no hablaba una palabra de inglés y, por tanto, temía al ridículo frente al parlamento), la primera administración ministerial que gozó de las nuevas prerrogativas fue la de Robert Walpole, quien pese a todo terminó por dimitir en el año 1742, con lo que quedó evidenciada la gran fuerza del parlamento. La política de la Corona ante este hecho fue la de formar el cuadro del gabinete con personas apoyadas por la Cámara Baja. Dado que era el propio parlamento, era quien de hecho nombraba al gabinete, se reservaba la facultad de censurarlo y por ende disolverlo al momento que lo considerase prudente. Empero, un nuevo instrumento de carácter inverso surge en el año de 1874, cuando William Pitt a la sazón primer ministro, propuso al rey la disolución de la Cámara Baja. La estructura es la siguiente: A. La Cámara de los Comunes: Es la entidad del parlamento que representa directamente a la población. Se integra con 635 miembros que representan a la misma cantidad de distritos electorales. La distribución de estas circunscripciones es la siguiente: 516 por Inglaterra, 71 por Escocia, 36 por Gales y 12 por Irlanda del Norte. En principio, la duración de las funciones de la Cámara de los Comunes es de cinco años, empero, es común que antes de que se cumplan sobrevenga su disolución. Los comunes en particular no pueden renunciar al encargo para el cual fueron electos, sin embargo, se ha desarrollado un peculiar sistema para separarse de sus labores, consistente en hacerse nombrar honoríficamente canciller de la Real Hacienda, designación incompatible con el carácter de parlamentario.

Otras Questiones

El presidente de la Cámara de Comunes es llamado speaker, funcionario de gran tradición, el cual es nombrado por la Corona y por la mayoría de la misma Cámara. Su misión principal es la de servir como intermediario entre los comunes y la Cámara de Lores, y entre la misma Cámara y la Corona, defendiendo en todas sus intervenciones a la Cámara que representa. En el seno de su Cámara, el speaker sirve como moderador en los debates, otorgando o negando el uso de la palabra. Este funcionario es considerado imparcial y los miembros del parlamento deben dirigirse a él en sus respectivas intervenciones orales. También es de su incumbencia jurídica determinar si los asuntos en discusión tienen el carácter de financieros, en cuyo caso deben quedar fuera del manejo de la Cámara de los Lores. Excepcionalmente, el speaker tiene voto de calidad cuando hay empate, en esta situación, de manera obligatoria debe votar a favor del argumento que sólo difiera la resolución del asunto en cuestión. Existen otros funcionarios, tales como el oficial de la Cámara (Clerk of the House), quien es el custodio registrar de la Cámara, y el sargento de armas (Sargent at Arms), quien es el ejecutante de las determinaciones del speaker. B) La Cámara de los Lores: La integración de esta Cámara es por lores temporales y lores espirituales. Los temporales suman alrededor de 900 y se dividen en cuatro, de los cuales los tres primeros son de naturaleza estrictamente nobiliaria, a) Pares hereditarios del Reino Unido; b) pares escoceses; y c) pares vitalicios.

Más Consideraciones

En cambio los Lores de apelación originaria tienen funciones judiciales; los espirituales se integran por 26 obispos de la Iglesia anglicana. De ellos, cinco tienen el carácter de permanentes, Canterbury, Durham, Londres, Winchester y York. El resto guarda turno en relación con su antigüedad. El Lord Canciller es el homólogo al speaker entre los comunes. Tiene el cargo de ministro de la Corona, custodio del Sello Real, y habitualmente forma parte del gabinete; es el funcionario mejor pagado de toda la Gran Bretaña; es el principal consejero en derecho del gobierno, y es presidente del Comité Judicial del Consejo Privado, presidente de la Corte de Apelación, presidente de la Suprema Corte y de la Corte del Canciller. El Consejo Privado (The Privy Council), tiene facultades de tipo legislativo y judicial que son instrumentos de la Corona para actuar en esos aspectos. Se integra por un Lord presidente y por los miembros en funciones del gabinete, por dos arzobispos, por algunos miembros destacados de la Commonwealth, integrantes del cuerpo diplomático del Reino Unido, el Speaker de la Cámara de los Comunes, los lores de apelación ordinaria, el Lord Justicia Mayor, el Master of the Rolls. Es requisito que todos los miembros del Consejo Privado sean súbditos británicos.

Más

El gabinete, tiene una composición bastante compleja: el primer ministro es su jefe, un primus interpares; los ministros varían en su denominación según tengan a su cargo un ministry o un office, esta diferenciación no es jerárquica sino determinada tradicionalmente por el momento de creación de la cartera. No es lo mismo el ministerio y el gabinete. El primero está compuesto por todos los ministros, secretarios, subsecretarios y otros funcionarios de rango equivalente, el segundo está conformado exclusivamente por los ministros que han sido designados por el premier. Las principales funciones del gabinete son: a) La determinación final de la política se someterá al parlamento; b) el supremo control del ejecutivo de la nación, de acuerdo con la política prescrita por el parlamento; c) la constante coordinación y delimitación de los intereses de los diferentes departamentos estatales. En el sistema de gobierno inglés, el bipartidismo que lo caracteriza ejerce un peso importante; obteniendo con ello gobiernos estables y duraderos. El gabinete se conforma con elementos tanto de la Cámara de los Lores, como de la de los Comunes. Corresponde al Primer Ministro realizar las designaciones y la adjudicación de carteras. Empero, cada ministro responde en lo individual por la conducción de su dependencia, haciendo frente a las críticas del parlamento. Por lo que se refiere al Primer Ministro, éste es formalmente designado por la testa coronada, pero tal designación no es a su libre arbitrio, sino que debe recaer exclusivamente sobre el líder del partido triunfador, o por el jefe de la coalición de partidos que sumen la mayoría requerida. En la práctica, el Primer Ministro tiene cualidades muy definidas en la política de su país, ya que es el jefe del partido mayoritario, la cabeza del gabinete y el representante del rey. Cada uno de los ministros está al frente de un Departamento de Estado, el cual se integra con políticos parlamentarios y con elementos del servicio civil (LUIS J. MOLINA PIñEIRO).

Recursos

Bibliografía

ALDER, John, Constitutional and Administrative Law, Macmillan Professional Masters, Gran Bretaña, 1989.

HAURIOU, André, Derecho Constitucional e instituciones políticas, J. A. González Casanova (trad.), Ariel, España, 1980.

LAPORTE, Jean et al., Le droit parlamentaire, Presses Universitaires de France, París, 1986.

MACAULAY TREVELYAN, George, Historia Política de Inglaterra, Ramón Iglesia (trad.), Fondo de Cultura Económica, México, 1984, 2a. ed.

MAINE, Henry, El Derecho Antiguo, Pastora de la Peña (trad.), Extemporáneos, México, 1980, 1a. ed., en español.

STEIN, Ekkehart, Derecho Político, Femando Sáinz Moreno (trad.), Aguilar, España, 1973.

WHEARE, K. C., Modem Constitutions, Oxford University Press, Londres, 1952, 2a. rei
mp.

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