Principio De Autoridad Formal De La Ley

Principio De Autoridad Formal De La Ley en México en México

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Principio de autoridad formal de la ley en la Doctrina Mexicana

Del carácter formal del acto legislativo se deriva el principio de la «autoridad formal de la ley» que significa que todas las resoluciones del Poder Legislativo no pueden ser derogadas, modificadas o aclaradas más que por otra resolución del mismo Poder y siguiendo los mismos procedimientos seguidos para la formación de la resolución primitiva. Este principio se encuentra consignado en forma expresa en la fracción f) del artículo 72 de la Constitución, así redactada: «En la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación».

Libro fuente de la Definición anterior

Derecho Administrativo

Su Autor:

Gabino Fraga

Recursos

Véase también (en general)

Bibliografía de Derecho Constitucional

  • Luis Recasens Siches, Tratado general de filosofía del Derecho
  • Felipe Tena Ramírez, Derecho constitucional mexicano
  • Jorge Carpizo McGregor, La Constitución mexicana de 1917

Gabino Fraga

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