Proteccionismo Estatal

Proteccionismo Estatal en México

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Definición y Carácteres de Proteccionismo Estatal en Derecho Mexicano

Concepto de Proteccionismo Estatal que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Marcos Kaplan) La Constitución mexicana ha dado los fundamentos para las políticas proteccionistas del Estado. Este ha sido ante todo legitimado como institución central en los principales aspectos de la vida económica, social y política del país, con facultades y obligaciones para una intervención permanente, amplia y profunda. El Estado tiene la rectoría del desarrollo integral; planea, conduce y coordina las actividades de interés general; concurre al desarrollo junto con los sectores social y privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica (artículo 25); tiene a su cargo las áreas y actividades definidas como estratégicas (artículo 28); puede participar, por sí o con los sectores social y privado, en las áreas definidas como prioritarias. Al mismo tiempo, el Estado mexicano apoya e impulsa a los otros dos sectores, todos sujetos a las modalidades que dicte el interés público, y al uso en beneficio general de los recursos productivos (artículo 25). La ley debe alentar y proteger la actividad económica de los particulares y el desenvolvimiento de la empresa privada. El sector privado puede participar junto con los otros dos, en áreas prioritarias del desarrollo (artículo 25), y beneficiarse por el Estado, en caso de interés general, mediante concesiones de servicios públicos, y de explotación de bienes de dominio de la federación, con ajuste a las leyes y salvo a excepciones previstas por ellas (artículo 28). Se prohiben los monopolios y sus prácticas, los estancos y excepciones de impuestos, las prohibiciones a título de protección industrial. Posibilidades de proteccionismo estatal se fundan también en las facultades constitucionales del Congreso de la Unión, fijadas en el a, 73: impedimento de restricciones en el comercio de Estado a Estado (fracción IX); legislaciones de la fracción X; moneda (fracción XVIII); establecimiento de contribuciones (fracción XXIX); leyes de planeación (fracción XXIX-D); leyes de programación, acciones económicas (fracción XXIX-D); leyes de programación, acciones económicas (fracción XXIX-E); y promoción y regulación de la inversión (fracción XXIX-F)

Véase También

Intervencionismo Estatal.

Recursos

Véase También

Bibliografía

Kaplan, Marcos, Estado y sociedad, 2ª reimpresión, México, UNAM, 1983; Kaplan, Marcos, Aspectos del Estado en América Latina, México, UNAM, 1981.

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