Registros de Audiencias

Registros de Audiencias en México

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Informes y Registros de Audiencias, en Relación al Juicio de Amparo y al Procedimiento Penal

CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES

Artículo 93.- La ley reconoce como medios de prueba: […] VII.- Las fotografías, escritos y notas taquigráficas, y, en general, todos aquellos elementos aportados por los descubrimientos de la ciencia y los avances tecnológicos; […] Artículo 188.- […] No desahogarán las pruebas consistentes en grabaciones de audio y video, cuando otros elementos probatorios se refieran directamente a los precisos hechos que se pretenda probar con ellos. En caso de ser necesario el desahogo de aquellas pruebas, se hará siguiendo las disposiciones aplicables al reconocimiento o inspección judicial. Sólo será obligatorio para el oferente de esta prueba aportar los medios para su reproducción, cuando se trate de un formato cuyo uso sea notoriamente inusual.

Recursos

Notas y Referencias

  1. Doctor Ferrer Mac-Gregor, información sobre Informes y Registros de Audiencias, en «El Juicio de Amparo y el Sistema Procesal Penal,» Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, Gobierno Federal, México

Véase También

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