Requerimiento de las Compensaciones Tributarias

Requerimiento de las Compensaciones Tributarias en México

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Requerimiento (en Materia Fiscal)

Sumario Básico

Es un documento que envía la autoridad fiscal a un contribuyente en su domicilio registrado en el Registro Federal de Contribuyentes, derivado de un posible error u omisión en el cumplimiento de obligaciones fiscales. Es importante mencionar que los requerimientos se notifican al contribuyente con las formalidades de una notificación personal Los tipos de notificación que la autoridad fiscal emite para requerir al contribuyente son:

  • Aclaración de requerimientos de obligaciones omitidas (declaraciones).
  • Aclaración de requerimientos por presentar declaraciones con errores u omisiones de datos.
  • Aclaración de requerimientos por no presentar solicitud de inscripción o los avisos al RFC o por presentarlos fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales.

Es importante mencionar que cuando los contribuyentes obligados a presentar declaraciones, avisos y demás documentos no lo hagan dentro de los plazos señalados, las autoridades fiscales exigirán la presentación del documento respectivo ante las oficinas correspondientes, procediendo en forma simultánea o sucesiva a realizar uno o varios de los actos siguientes:

  • Tratándose de la omisión en la presentación de una declaración periódica para el pago de contribuciones, ya sea provisional o del ejercicio, podrán hacer efectiva al contribuyente una cantidad igual a la contribución que hubiera determinado en la última o cualquiera de las seis últimas declaraciones de que se trate. Esta cantidad a pagar tendrá el carácter de pago provisional y no libera a los obligados de presentar la declaración omitida. Cuando la omisión sea de una declaración de las que se conozca de manera fehaciente la cantidad, la autoridad fiscal podrá hacer efectiva al contribuyente, con carácter provisional, una cantidad igual a la contribución que a éste corresponda determinar, sin que lo libere de presentar la declaración omitida. Si el contribuyente presenta la declaración omitida antes de que se le haga efectiva la cantidad resultante, queda liberado de hacer el pago determinado provisionalmente. Si la declaración se presenta después de haberse efectuado el pago provisional determinado por la autoridad, éste se disminuirá del importe que se tenga que pagar con la declaración que se presente.
  • Embargar precautoriamente los bienes o la negociación cuando el contribuyente haya omitido presentar declaraciones en los últimos tres ejercicios o cuando no atienda tres requerimientos de la autoridad por una misma omisión, salvo tratándose de declaraciones en que bastará con no atender un requerimiento. el embargo quedará sin efecto cuando el contribuyente cumpla con el requerimiento, o dos meses después de practicado si no obstante el incumplimiento las autoridades fiscales no inician el ejercicio de sus facultades de comprobación. Imponer la multa que corresponda en los términos de este Código y requerir la presentación del documento omitido en un plazo de quince días para el primero y de seis días para los subsecuentes requerimientos. Si no se atiende el requerimiento se impondrá la multa correspondiente, que tratándose de declaraciones será una multa por cada obligación omitida. La autoridad en ningún caso formulará más de tres requerimientos por una misma omisión. Al final de este tema encontrarán los formatos de un citatorio, un acta de notificación, una solicitud de información y documentos que la autoridad entrega al contribuyente.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre requerimiento publicada por la Guia Formacion Tributaria y la Guia Fiscal Mexicana, SAT, 2007

Véase También

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