Sustentos Legales de la Educación

Sustentos Legales de la Educación en México en México

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]
[rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»]

Definición de Administración y Gestión Educativa

Ver el significado de Sistema Educativo en el diccionario jurídico y social, la significado de Gestión Educativa en el diccionario jurídico y social y el significado de Educación Superior en el diccionario jurídico y social.

Sustentos Legales y Constitucionales de la Educación en México

El Título Primero, Capítulo Primero, Artículo Tercero de la Constitución de México esboza la filosofía educativa mexicana: la educación que imparta el Estado tendrá por objeto desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, al mismo tiempo, el amor a la patria y la conciencia de solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. La fracción I del artículo tercero establece la filosofía que separa la religión y la educación, punto de fricción desde hace mucho tiempo en la sociedad mexicana. El artículo 24 garantiza la libertad de creencias religiosas: la norma que orientará dicha educación se mantendrá totalmente al margen de toda doctrina religiosa y, basada en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, el fanatismo y los prejuicios. Además, la educación deberá:

  • ser democrática, considerando la democracia no sólo como una estructura legal y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en un constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo;
  • ser nacional en la medida en que, sin hostilidad ni exclusividad, logre la comprensión de nuestros problemas, el aprovechamiento de nuestros recursos, la defensa de nuestra independencia política, el aseguramiento de nuestra independencia económica y la continuidad y crecimiento de nuestra cultura; y
  • ser un elemento que contribuya a mejorar las relaciones humanas, no sólo con los elementos que contribuya a fortalecer y al mismo tiempo inculcar, junto con el respeto a la dignidad de la persona y la integridad de la familia, sino también por el cuidado que dedique a los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de raza, credo, clase, sexo o personas.

La sección IV establece que toda la educación proporcionada por el Estado será gratuita. La sección VI aborda la educación privada frente a la pública: las personas privadas pueden dedicarse a la educación de todo tipo y grado. Pero en lo que respecta a la educación primaria, secundaria y normal, deben obtener previamente, en todos los casos, la autorización expresa del Estado. Esta sección también exige que todas las instituciones educativas privadas se ajusten a las disposiciones de las Secciones I y II y deben estar en armonía con los planes y programas oficiales.

El artículo tercero, cláusula tercera, establece la obligatoriedad de la educación (primaria y secundaria) para todos los ciudadanos mexicanos. La última sección (VIII) prevé la supervisión federal de los planes de estudio en todo México: El Congreso de la Unión, con el objeto de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias para dividir la función social de la educación entre la Federación, los Estados y los Municipios; para fijar las asignaciones financieras que correspondan a este servicio público; y para establecer las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o hagan cumplir las disposiciones pertinentes.

La Administración Educativa en México

Nota: Para una visión general del sistema educativo en México, véase aquí. Para una visión de la administración, finanzas e investigación educativa en México, puede consultarse aquí.

Revisor de hechos: Hellen

[rtbs name=»educacion»]

Más sobre Educación Secundaria

Recursos

Véase También

Bibliografía

1 comentario en «Sustentos Legales de la Educación»

Deja un comentario