Apoderado Aduanal en México en México
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Apoderado aduanal en la Legislación Mexicana
Artículo 168. Tendrá el carácter de apoderado aduanal la persona física designada por otra persona física o moral para que en su nombre y representación se encargue del despacho de mercancías, siempre que obtenga la autorización de la Secretaría. El apoderado aduanal promoverá el despacho ante una sola aduana, en representación de una sola persona, quien será ilimitadamente responsable por los actos de aquél.
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Legislacion: Ley Aduanera
Tipo: Federal
Fecha de Publicacion: 15/12/1995
Apoderado Aduanal en el Comercio Internacional
En este contexto, una breve definición de apoderado aduanal puede ser la siguiente: Es la persona física que haya sido designada por otra persona física o moral para que en su nombre o representación se encargue del despacho de mercancías.
Recursos
Véase también (en general)
- Historia de la Legislación mexicana
- Legislación mexicana en materia ambiental
- Legislación mexicana en materia de comercio exterior
- Legislación mexicana en materia de derechos humanos
- Legislación mexicana vigente
- Legislación mexicana de las sociedades mercantiles
- Legislación Fiscal mexicana
Bibliografía General
- Luis Recasens Siches, Tratado general de filosofía del Derecho
- Felipe Tena Ramírez, Derecho constitucional mexicano
- Manuel Borja Soriano, Teoría general de las obligaciones
- José Becerra Bautista, El proceso civil en México
- Eduardo García Máynez, Introducción al estudio del Derecho
- Jorge Carpizo McGregor, La Constitución mexicana de 1917
- Gabino Fraga, Derecho administrativo
- Mario de la Cueva y de la Rosa, El nuevo Derecho mexicano del trabajo
- Ramón Sánchez Medal, De los contratos civiles
- Ignacio Galindo Garfias, Derecho civil: primer curso
- Rafael Rojina Villegas, Compendio de Derecho civil