Seguro Contra los Daños

Seguro Contra los Daños en México en México

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Seguro contra los daños en la Legislación Mexicana

Artículo 86. En el seguro contra los , aseguradora responde solamente por el daño causado hasta el límite de la suma y del valor real asegurados. responderá de la pérdida del provecho o interés que se obtenga de la cosa asegurada, si así se conviene expresamente.

Legislacion: Ley sobre el Contrato de Seguro

Tipo: Federal

Fecha de Publicacion: 31/08/1935

Recursos

Véase también (en general)

Bibliografía de Derecho Mercantil

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