Censo Agrario

Censo Agrario en México

[aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»][rtbs name=»derecho»]

Concepto de Censo Agrario en Derecho Agrario

En este contexto del Derecho mexicano, una definición de Censo Agrario podría ser la siguiente: En general, el censo es un registro de individuos con ciertas características. En materia agraria, el censo incluía a todos los pobladores capacitados para recibir unidad de dotación, especificando sexo, estado civil, dependencia económica, edad, ocupación u oficio, entre otros datos.

En las acciones de restitución y dotación de tierras, la lfra y los códigos agrarios que la precedieron establecían como requisito del procedimiento la elaboración de un censo agrario para determinar el número de capacitados del núcleo de población promovente de la acción. Para la realización de este censo se conformaba una junta censal constituida por un representante de la Comisión Agraria Mixta, así como los que considerara necesarios el Comité Particular Ejecutivo, de entre los solicitantes.

En las acciones de reconocimiento y titulación de bienes comunales, la referida legislación determinaba como obligación de la autoridad agraria, una vez instaurado el expediente, levantar el censo general de población de la comunidad. (Véase lfra arts. 281, 286288 y 359.)

Deja un comentario