Concurrencia-coordinación

Concurrencia-coordinación en México

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Concurrencia-coordinación en el Derecho Parlamentario

Concepto y análisis ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Parlamentarios de la Cámara de Diputados: La palabra concurrencia, proviene del latín concurrens, -entis. y efecto de concurrir. 2. Conjunto de personas que asisten a un acto o reunión. 3. Coincidencia, concurso simultáneo de varias circunstancias. 4. , (DLE). Debe entenderse, también, como el acaecimiento de varios sucesos o cosas en un mismo tiempo. Asistencia, ayuda, influjo (GEM). Su traducción en otros idiomas es la siguiente: inglés, assembly, francés, concours, assistance; portugués, concorrência; alemán, konkurrenz, e italiano adunanza. En cuanto a la palabra coordinación, ésta proviene del latín coordinatio, -onis. y efecto de coordinar. 2. Disponer cosas metódicamente. Su traducción en otros idiomas es la siguiente: inglés y francés, coordination; portugués, coordenação; alemán, koordinieren e italiano, coordinazione. Es la disposición sistemática de esfuerzos diversos y elementos múltiples. Se impone en todas las esferas donde la organización, la jerarquía, la diferenciación de tareas y obtención de complejos objetivos sea precisa (DEDU).

Desarrollo de Concurrencia-coordinación en este Contexto

En México el problema legal de la concurrencia ha tratado de resolverse, lo que no siempre se ha logrado, expidiendo leyes generales por el Congreso de la Unión, las cuales hablan de competencias concurrentes de órganos competentes federales, estatales y aún municipales. Por lo que se refiere a la coordinación, con esta se ha tratado de armonizar el ejercicio de determinadas facultades y la concertación de las relaciones en diversos niveles de gobierno, federación y entidades federativas, competencias de uno y de otro en distintas materias (LUIS J. MOLINA PIÑEIRO).

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Concurrencia-coordinación en el Derecho Parlamentario

Introducción General

La palabra concurrencia, proviene del latín concurrens, -entis. Acción y efecto de concurrir. 2. Conjunto de personas que asisten a un acto o reunión. 3. Coincidencia, concurso simultáneo de varias circunstancias. 4. Asistencia, (DLE). Debe entenderse, también, como el acaecimiento de varios sucesos o cosas en un mismo tiempo. Asistencia, ayuda, influjo (GEM). Su traducción en otros idiomas es la siguiente: inglés, assembly, francés, concours, assistance; portugués, concorrência; alemán, konkurrenz, e italiano adunanza. En cuanto a la palabra coordinación, ésta proviene del latín coordinatio, -onis. Acción y efecto de coordinar. 2. Disponer cosas metódicamente. Su traducción en otros idiomas es la siguiente: inglés y francés, coordination; portugués, coordenação; alemán, koordinieren e italiano, coordinazione. Es la disposición sistemática de esfuerzos diversos y elementos múltiples. Se impone en todas las esferas donde la organización, la jerarquía, la diferenciación de tareas y obtención de complejos objetivos sea precisa (DEDU).

Desarrollo de Concurrencia-coordinación en este Contexto

La concurrencia es connatural al estado federal, en él concurren la competencia de los órganos federales y los de las entidades federativas, presentándose un problema de legalidad cuando dichos ámbitos no están debidamente delimitados, cuya solución se somete al juez competente quien los determina dándole a los particulares certeza y seguridad jurídicas. En los estados federales del tercer mundo la concurrencia ha sido calificada como coordinación de esfuerzos a través del poder formal y real de mayor fuerza, el estado federal asimilado al estado nacional. Actitud política desconcentradora que genera problemas de legalidad cuando distintos órganos de autoridad sustentándose en competencias difusas, toman decisiones que afectan negativamente los intereses de terceros, son los casos de las leyes ecológicas, de desarrollo urbano; no así de aquella legislación promotora del cambio social, como la educativa y la de salud pública.

Más Detalles

En México el problema legal de la concurrencia ha tratado de resolverse, lo que no siempre se ha logrado, expidiendo leyes generales por el Congreso de la Unión, las cuales hablan de competencias concurrentes de órganos competentes federales, estatales y aún municipales. Por lo que se refiere a la coordinación, con esta se ha tratado de armonizar el ejercicio de determinadas facultades y la concertación de las relaciones en diversos niveles de gobierno, federación y entidades federativas, competencias de uno y de otro en distintas materias (LUIS J. MOLINA PIñEIRO).

Fuente principal: Diccionario Parlamentario (México)[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Secretaría de Parlamentarios, Dirección General de Bibliotecas, México

Bibliografía

BURGOA, Ignacio, Mexicano, Porrúa, México, 1994.

Diccionario Jurídico Mexicano, UNAM-Porrúa, México, 1985.

Política de los Mexicanos.

Ley General de Asentamientos Humanos.

Ley General de Salud.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

VALDÉS ABASCAL, Rubén, La modernización jurídica nacional dentro del liberalismo social, Fondo de Económica, México, 1994.

Recursos

Véase También

Bibliografía

BURGOA, Ignacio, Mexicano, Porrúa, México, 1994.

Diccionario Jurídico Mexicano, UNAM-Porrúa, México, 1985.

Política de los Mexicanos.

Ley General de Asentamientos Humanos.

Ley General de Salud.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

VALDÉS ABASCAL, Rubén, La modernización jurídica nacional dentro del liberalismo social, Fondo de Económica, México, 1994.

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