Diario de Debates

Diario de Debates en México

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Diario de Debates en el Derecho Parlamentario

Concepto y análisis ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Parlamentarios de la Cámara de Diputados: La palabra diario deriva del latín diarium «ración de cada día (de los soldados); relación diaria de acontecimientos», de dies «día» + arium «de». Según Gómez de Silva, diario se refiere a lo «correspondiente a todos los días, que se publica todos los días; relación diaria de lo que ha ido sucediendo a una persona» (Breve Diccionario Etimológico de la Lengua Española, 1989). También tiene la acepción de relato histórico en que la narración sigue rigurosamente la sucesión de los días. Equivale en otros idiomas a: portugués, diário; inglés y francés, journal; alemán, Zeitung e italiano, giomale. Para la voz debates, Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente enciclopedia jurídica: debates parlamentarios. La expresión de los debates se conoce en inglés con el nombre de Congressional Records.

Desarrollo de Diario de Debates en este Contexto

En la República Mexicana, originalmente las resoluciones de las del Congreso de la Unión, así como las correspondientes a los , se imprimían o circulaban en forma de actas y de folletos que reproducían los dictámenes, iniciativas y, en ocasiones, los debates. Circulaban en forma de folletos, separatas o se incluían en la sección oficial de los periódicos correspondientes. Mariano Galván Rivera e Ignacio Cumplido fueron impresores muy populares para la publicación en hojas volantes o en libros de los oficiales del Congreso y del Gobierno de la República. Las leyes y decretos del Congreso de la Unión, eran publicados en los periódicos de cada localidad ante la ausencia de un Diario Oficial propio de la Federación y periódicamente se publicaban colecciones de leyes expedidas, bien cubriendo los periodos de las legislaturas por el mismo Congreso o bien mediante compilaciones elaboradas por a los que se les encomendaba la obra, como Basilio Arrillaga, Manuel Dublán y José María Lozano, entre muchos otros. De la misma manera comenzaron a publicarse durante el siglo XIX, por Legislaturas del Congreso de la Unión, crónicas o historias parlamentarias donde se reproducían los debates por cada sesión habida en el Congreso. Felipe Buenrostro, Pantaleón Tovar y otros cronistas que fueron a su vez parlamentarios, se encargaron de reproducir en libros tales debates, hasta llegar a la monumental obra de Juan A. Mateos. En el Diario de Debates de cada Cámara, se plasman las peticiones, y aprobación de actas de sesiones anteriores en primer término. Con posterioridad se dan a conocer los dictámenes, iniciativas y debates propiamente dichos de cada uno de ellos, así como los y trámites aprobados por la asamblea. En los diarios se incluyen sumarios, nombre del presidente de la Mesa, tipo de sesión (pública o privada), declaratoria del quórum y hora del cierre de la sesión, así como las votaciones, mociones e incidencias de la actividad parlamentaria. Se trata, en consecuencia, de una fuente primaria para el (MANUEL GONZÁLEZ OROPEZA).

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Diario de Debates en el Derecho Parlamentario

Introducción General

La palabra diario deriva del latín diarium ración de cada día (de los soldados); relación diaria de acontecimientos, de dies día + arium de. Según Gómez de Silva, diario se refiere a lo correspondiente a todos los días, que se publica todos los días; relación diaria de lo que ha ido sucediendo a una persona (BDELE, 1989). También tiene la acepción de relato histórico en que la narración sigue rigurosamente la sucesión de los días. Equivale en otros idiomas a: portugués, diário; inglés y francés, journal; alemán, Zeitung e italiano, giomale. Para la voz debates, vid. supra, debates parlamentarios. La expresión de los debates se conoce en inglés con el nombre de Congressional Records.

Desarrollo de Diario de Debates en este Contexto

Los parlamentos cuentan con una publicación, en la que forma textual, el contenido de los debates públicos, constituye podríamos denominar la memoria histórica de la actuación de sus miembros. Este diario es considerado como un documento oficial y público, ya que emana de autoridad constituida y auténtica y puede ser consultado por cualquier persona interesada en conocer los pormenores de las sesiones parlamentarias.

Más Detalles

En la República Mexicana, originalmente las resoluciones de las del Congreso de la Unión, así como las correspondientes a los , se imprimían o circulaban en forma de actas y de folletos que reproducían los dictámenes, iniciativas y, en ocasiones, los debates. Circulaban en forma de folletos, separatas o se incluían en la sección oficial de los periódicos correspondientes. Mariano Galván Rivera e Ignacio Cumplido fueron impresores muy populares para la publicación en hojas volantes o en libros de los documentos oficiales del Congreso y del Gobierno de la República. Las leyes y decretos del Congreso de la Unión, eran publicados en los periódicos de cada localidad ante la ausencia de un Diario Oficial propio de la Federación y periódicamente se publicaban colecciones de leyes expedidas, bien cubriendo los periodos de las legislaturas por el mismo Congreso o bien mediante compilaciones elaboradas por a los que se les encomendaba la obra, como Basilio Arrillaga, Manuel Dublán y José María Lozano, entre muchos otros. De la misma manera comenzaron a publicarse durante el siglo XIX, por Legislaturas del Congreso de la Unión, crónicas o historias parlamentarias donde se reproducían los debates por cada sesión habida en el Congreso. Felipe Buenrostro, Pantaleón Tovar y otros cronistas que fueron a su vez parlamentarios, se encargaron de reproducir en libros tales debates, hasta llegar a la monumental obra de Juan A. Mateos. En el Diario de Debates de cada Cámara, se plasman las peticiones, y aprobación de actas de sesiones anteriores en primer término. Con posterioridad se dan a conocer los dictámenes, iniciativas y debates propiamente dichos de cada uno de ellos, así como los y trámites aprobados por la asamblea. En los diarios se incluyen sumarios, nombre del presidente de la Mesa, tipo de sesión (pública o privada), declaratoria del quórum y hora del cierre de la sesión, así como las votaciones, mociones e incidencias de la actividad parlamentaria. Se trata, en consecuencia, de una fuente primaria para el (MANUEL GONZÁLEZ OROPEZA).

Fuente principal: Diccionario Parlamentario (México)[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Secretaría de Parlamentarios, Dirección General de Bibliotecas, México

Bibliografía

CABANELLAS, Guillermo, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Heliasta, Argentina, 1981, t. III.

CLAGETT, Helen y M. David Valderrama, A Revised Guide to the Law and Legal Literature of Mexico, Library of Congress, Washington, 1973.

GÓMEZ DE SILVA, Guido, Breve Diccionario Etimológico de la Lengua Española, Colegio de México y Fondo de Cultura Económica, México, 1989.

Gran Enciclopedia del Mundo, Durvan, España, 1970, t. 20.

VILLA, Margarita de la y José Luis Zambrano, Bibliografía sumaria de Derecho Mexicano, Instituto de Derecho Comparado, UNAM, México, 1957.

Recursos

Véase También

Bibliografía

CABANELLAS, Guillermo, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Heliasta, Argentina, 1981, t. III.

CLAGETT, Helen y M. David Valderrama, A Revised Guide to the Law and Legal Literature of Mexico, Library of Congress, Washington, 1973.

GÓMEZ DE SI
LVA, Guido, Breve Diccionario Etimológico de la Lengua Española, Colegio de México y Fondo de Cultura Económica, México, 1989.

Gran Enciclopedia del Mundo, Durvan, España, 1970, t. 20.

VILLA, Margarita de la y José Luis Zambrano, Bibliografía sumaria de Derecho Mexicano, Instituto de Derecho Comparado, UNAM, México, 1957.

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