Gestión Pública en Puebla

Gestión Pública en Puebla en México en México

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Identificación de la Problemática de la Gestión pública en Puebla

La pública del estado de Puebla cuenta, a partir del 4 de junio del presente, con una nueva ley orgánica que sustituye a la del 29 de enero de 1981 con la finalidad de resolver la situación que prevalecía: falta de definición sobre la constitución y operación de las entidades; organización y atribuciones no acordes a las necesidades actuales; parte de las dependencias realizaban actos de gobierno sin atribuciones en ley; atribuciones ambiguas, duplicadas o genéricas que propician confusión en las competencias; ausencia de para controlar y sancionar modificaciones estructurales, procedimientos y . Las atribuciones de las extintas de Programación y Presupuesto y Oficialía Mayor se distribuyeron anárquicamente; por ello, se abrogó esta ley para actualizar y adecuar las atribuciones de las dependencias del estado. La presente establece criterios generales tales como: bases para la federalización; claridad en las atribuciones y competencias de las dependencias; definición del carácter y normatividad de las entidades paraestatales; bases para la sectorización de las entidades de la pública, participación ciudadana en las acciones de las dependencias; relación formal de tipo administrativo que el estado tiene con los tribunales administrativos y del trabajo. La del estado de Puebla atraviesa por un período de transición, inserta en parámetros que sintéticamente los podemos expresar así: cada dependencia y entidad debe tener una función específica y una misión definida, distinguiendo las funciones normativas de las operativas; fortalecer el desarrollo administrativo integral; romper la inercia de aquellos procesos generadores de círculos de corrupción; mejorar la atención al público y la participación ciudadana; revisión y mejoramiento continuo de métodos, procesos, y adecuaciones de estructuras organizacionales y ocupacionales; descentralización y desconcentración de la operación estatal hacia los municipios; medición y evaluación de la gestión pública; creación del servicio profesional de carrera, reconociendo la importancia que tiene el trabajo del servidor público y asegurar que su desempeño honesto y eficiente sea condición esencial para la permanencia en el empleo; desarrollar una capacitación integral de los servidores públicos para promover la eficiencia en la prestación de los servicios; promoción de los mecanismos consultivos permanentes para la ; revisar, actualizar y simplificar el marco normativo; superar la concentración de decisiones y la dilación en las respuestas para avanzar hacia esquemas más flexibles y transparentes, que respondan con agilidad a las necesidades y particularidades de la población; evitar que las dependencias y entidades tengan dispersión de funciones y responsabilidades; dotar a las dependencias y entidades con áreas de planeación estratégica con el fin de que integren las funciones de su área con el Plan Estatal de Desarrollo y las indicaciones del C. gobernador del estado; fortalecer los mecanismos de coordinación ante las ; reorientar las estructuras de las dependencias y entidades sin personalizarlas; gobierno compacto sin estructuras pesadas; creación de nuevas estructuras sin impacto presupuestal; establecer una renovación que revitalice los esquemas de trabajo, reoriente sus incentivos, simplifique sus procedimientos y modernice sus métodos de gestión; superar el funcionamiento administrativo vertical que fragmenta la responsabilidad a lo largo de los procesos productivos y de servicios; la relación entre los procesos, las estructuras y sus dimensionamientos se debe rediseñar para evitar mala atención al público y rezagos en los trámites; racionalizar el gasto público y buscar la asignación eficiente de recursos; hacer autofinanciables a los organismos y áreas que generen ingresos propios; establecer de negocios que generen recursos para los organismos y el gobierno; procurar que las entidades que generen sus propios ingresos lleven a cabo sus registros contables y estados financieros; definir los criterios de actuación, dirección y operación de los órganos de gobierno, sus participantes y el director de la entidad; llevar a cabo las juntas de los órganos de gobierno para cumplir con las atribuciones de planeación y dirección y no dejar a los directores que actúen de acuerdo con su propio criterio; formalizar las actas de las reuniones de los órganos de gobierno; compatibilizar las estructuras de las dependencias estatales con las federales, así como la homologación de atribuciones, funciones y entre éstas; establecer un sistema de regionalización para todos los sectores de la estatal. La Coordinación General de Evaluación desarrolla el siguiente sistema de evaluación, con los criterios generales de evaluación de esta unidad que permiten medir directamente o a través de las delegaciones y comisarías el desempeño, resultado y calidad de los de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, en relación al cumplimiento de sus objetivos, metas e impacto económico y social de los mismos, bajo los siguientes criterios: [1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre Identificación de la Problemática de Lagestión pública en Puebla de «Administración Local de México,» Tomo II, (1997) del Instituto Nacional de Administración Pública, A. C., México

Véase También

Bibliografía

  • Identificación de la Problemática de Lagestión pública en Puebla en «Desarrollo de las públicas metropolitanas: el de Puebla, 1980-1989,» por José Luis Sánchez Ramírez (Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México, 1996)
  • Información sobre Identificación de la Problemática de Lagestión pública en Puebla en el «Diccionario Jurídico de la Administración Local,» de Salvador Trinxet (2017)

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