Grupos Vulnerables

Grupos Vulnerables en México

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Grupos Vulnerables (o en situación de vulnerabilidad) y los Derechos Humanos

Descripción de Grupos Vulnerables (o en situación de vulnerabilidad) de la Universidad Iberoamericana (México, D. F.) y de la Comisión de Derechos Humanos del : Son aquellos grupos de que sufren de modo permanente o particularmente grave una situación de , desigualdad y/o intolerancia debido a tales como raza, color, sexo, religión, situación económica, opinión y preferencias de cualquier índole. Las que forman parte de estos grupos no son vulnerables per se o en sí mismas; son vulnerables porque los gobiernos y/o las las ha puesto en situación de vulnerabilidad debido a prejuicios, o a la falta de públicas adecuadas que garanticen una igualdad social. El Diagnóstico sobre la situación de los derechos humanos en México (OACNUDH, 2003) menciona como grupos en situación de vulnerabilidad a los siguientes: mujeres (en ciertas ), niñez, adultos mayores, desplazados internos, refugiados, migrantes, personas con enfermedad mental, personas con VIH/sida, personas con preferencia sexual y de distinta a la heterosexual.

Referencia

OACNUDH (2003). Diagnóstico sobre la situación de los derechos humanos en México, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México. México, OACNUDH, pp. 161-189.

Grupos Vulnerables

Grupos Vulnerables

Visiones sobre Grupos Vulnerables en el Derecho Penal

Publicados primero por el INACIPE, 2007:

Reflexión Crítica

SON GRUPOS —en el sentido que interesa al Derecho Penal— formados por pluralidad de seres humanos que constituyen un conjunto, material o mentalmente considerado (me atengo a los términos del Diccionario de la Lengua Española). Son además todos aquellos a que se refieren de manera implícita los artículos 1o. y 2o. de la Constitución. El 1o. al prohibir toda discriminación se vincula a grupos étnicos, de , de sociales, de religión, etcétera, cuyas diferencias o coincidencias los hacen posiblemente vulnerables. El 2o. se refiere a la composición pluricultural de la nación mexicana, es decir, a la variedad de etnias, encargándose de consagrar y tutelar su defensa. En ambos casos se trata, o se puede tratar, de grupos vulnerables. Lo que sucede es que en el extremo de atentados contra esos grupos, y aparte de la tutela específica de carácter constitucional que protege sus individuales, se podría incurrir en claramente tipificados en el Código Penal. RAÚL CARRANCÁ Y RIVAS (Autor)

Reflexión Crítica

AQUEL SECTOR de la sociedad por el que debe luchar en todo momento un abogado penalista. Son, al mismo tiempo, aquellas personas que han sido elegidas por una política criminal equivocada, como las víctimas ideales de los de nuestro sistema penal. MANELICH CASTILLA CRAVIOTO

Recursos

Bibliografía

OACNUDH (2003). Diagnóstico sobre la situación de los derechos humanos en México, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México. México, OACNUDH, pp. 161-189.

Recursos

Bibliografía

OACNUDH (2003). Diagnóstico sobre la situación de los derechos humanos en México, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México. México, OACNUDH, pp. 161-189.

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