Ministro de la Suprema Corte de Justicia

Ministro de la Suprema Corte de Justicia en México

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Requisitos para Ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia en el Derecho Constitucional

La presente sección analiza requisitos para ser ministro de la suprema corte de en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación a requisitos para ser ministro de la suprema corte de . Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco de requisitos para ser ministro de la suprema corte de justicia y el .

Requisitos para Ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia en la Organización y Funcionamiento del Poder Judicial

El artículo 95 constitucional establece los requisitos para ser ministro de la Suprema Corte de Justicia, que son los siguientes:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus políticos y ziviles; II. No tener más de sesenta y cinco años de edad, ni menos de treinta y cinco, el día de la elección; III. Poseer el día de la elección, con una antigüedad mínima de cinco arios, título profesional de abogado, expedido por la autoridad o corporación legalmente facultada para ello; IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena, y V. Haber residido en el país los últimos cinco años, salvo el caso de ausencia en servicio de la República por un tiempo menor de seis meses.

Merecen un comentario particular los requisitos establecidos en las fracciones II y III. Con respecto al requisito establecido en la fracción II, hay que advertir que este es el único caso en que la Constitución exige una edad máxima para ocupar un cargo. Debe aclararse que el requisito consiste en no tener más de sesenta y cinco años al día de la elección, lo que no significa que al cumplir esta edad los ministros en deban retirarse. la Ley de Retiros de los Funcionarios Judiciales establece el retiro forzoso de los ministros de la Suprema Corte de Justicia a la edad de 70 años.

Más sobre Requisitos para Ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia

En cuanto a la fracción III que impone el requisito de poseer el título de abogado y una experiencia profesional mínima de cinco arios, hay que recordar que la Constitución de 1857 no exigió este requisito; se era elegible para ocupar el cargo con sólo estar instruido en la ciencia del derecho. Hoy en día el requisito establecido en la fracción III se considera poco selectivo, habiéndose propuesto reiteradamente el establecimiento de una auténtica carrera judicial a la que se ingrese mediante exámenes rigurosos y realizar las promociones mediante oposiciones y de méritos.

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Requisitos para Ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia en el Derecho Constitucional

La presente sección analiza requisitos para ser ministro de la suprema corte de justicia en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación a requisitos para ser ministro de la suprema corte de justicia. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco de requisitos para ser ministro de la suprema corte de justicia y el .

Requisitos para Ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia en la Organización y Funcionamiento del Poder Judicial

El artículo 95 constitucional establece los requisitos para ser ministro de la Suprema Corte de Justicia, que son los siguientes:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus políticos y ziviles; II. No tener más de sesenta y cinco años de edad, ni menos de treinta y cinco, el día de la elección; III. Poseer el día de la elección, con una antigüedad mínima de cinco arios, título profesional de abogado, expedido por la autoridad o corporación legalmente facultada para ello; IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena, y V. Haber residido en el país los últimos cinco años, salvo el caso de ausencia en servicio de la República por un tiempo menor de seis meses.

Merecen un comentario particular los requisitos establecidos en las fracciones II y III. Con respecto al requisito establecido en la fracción II, hay que advertir que este es el único caso en que la Constitución exige una edad máxima para ocupar un cargo. Debe aclararse que el requisito consiste en no tener más de sesenta y cinco años al día de la elección, lo que no significa que al cumplir esta edad los ministros en funciones deban retirarse. la Ley de Retiros de los Funcionarios Judiciales establece el retiro forzoso de los ministros de la Suprema Corte de Justicia a la edad de 70 años.

Más sobre Requisitos para Ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia

En cuanto a la fracción III que impone el requisito de poseer el título de abogado y una experiencia profesional mínima de cinco arios, hay que recordar que la Constitución de 1857 no exigió este requisito; se era elegible para ocupar el cargo con sólo estar instruido en la ciencia del derecho. Hoy en día el requisito establecido en la fracción III se considera poco selectivo, habiéndose propuesto reiteradamente el establecimiento de una auténtica carrera judicial a la que se ingrese mediante exámenes rigurosos y realizar las promociones mediante oposiciones y de méritos. [1]

Recursos

Notas

  1. Información sobre requisitos para ser ministro de la suprema corte de justicia en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Jorge Carpizo y Jorge Madrazo, reimpresión de la 1a ed. de 1981

Bibliografía

  • Lanz Duret, Miguel. Derecho constitucional mexicano, México Norgis Editores, 1959, 419 p.
    Marquet , Porfirio. La estructura constitucional del Estado mexicano. México, UNAM, 1975, 437 p.
    Madrid Hurtado, Miguel de la. Estudios de derecho constitucional. México, UNAM, 1977, 167 p.
    Moreno, Daniel. Derecho constitucional mexicano. México, Editorial Pax. 1973, 507 p.
    Ortiz Ramírez, Serafín. Derecho constitucional mexicano. México, Editorial , 1961, 628 p.

Recursos

Notas

  1. Información sobre requisitos para ser ministro de la suprema corte de justicia en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Jorge Carpizo y Jorge Madrazo, reimpresión de la 1a ed. de 1981

Bibliografía

  • Lanz Duret, Miguel. Derecho constitucional mexicano, México Norgis Editores, 1959, 419 p.

    Marquet , Porfirio. La estructura constitucional del Estado mexicano. México, UNAM, 1975, 437 p.

    Madrid Hurtado, Miguel de la. Estudios de derecho constitucional. México, UNAM, 1977, 167 p.

    Moreno, Daniel. Derecho constitucional mexicano. México, Editorial Pax. 1973, 507 p.

    Ortiz Ramírez, Serafín. Derecho constitucional mexicano. México, Editorial , 1961, 628 p.

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