Presidente de la Comisión Permanente en México
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Presidente de la Comisión Permanente en el Derecho Parlamentario
Concepto y análisis ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados: Presidente del latín praesidens-entis: presidente, gobernante, persona que preside un órgano o una reunión; comisión de comissio-onis; permanes-entis, grupo de personas autorizadas para tratar algún asunto; y permanente, que deriva de permanen-sentis, que permanece, fijo, que no cambia, destinado a durar indefinidamente (Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente enciclopedia jurídica: cámara de diputados, cámara de senadores, comisión permanente).
Desarrollo de Presidente de la Comisión Permanente en este Contexto
En México, la regulación constitucional de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión se integra en el Título Tercero, Capítulo II, Del Poder Legislativo, sección cuarta. Ésta se compone de 37 miembros: 19 diputados y 18 senadores, «nombrados por sus respectivas cámaras la víspera de la clausura de las sesiones» (art. 78), y funciona exclusivamente durante los recesos del Congreso. La presidencia y la vicepresidencia de dicha Comisión corresponden sucesivamente por cada periodo a los diputados o a los senadores que hubiesen sido designados para integrarla, de acuerdo con la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. La mesa directiva, que se designa por mayoría de votos, se integra por un presidente, un vicepresidente y cuatro secretarios. Al presidente de la Comisión Permanente le compete realizar las funciones del presidente de la cámara que resulten aplicables (LUIS J. MOLINA PIÑEIRO).
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Presidente de la Comisión Permanente en el Derecho Parlamentario
Introducción General
Presidente del latín praesidens-entis: presidente, gobernante, persona que preside un órgano o una reunión; comisión de comissio-onis; permanes-entis, grupo de personas autorizadas para tratar algún asunto; y permanente, que deriva de permanen-sentis, que permanece, fijo, que no cambia, destinado a durar indefinidamente (vid. supra, cámara de diputados, cámara de senadores, comisión permanente).
Desarrollo de Presidente de la Comisión Permanente en este Contexto
En los regímenes políticos democráticos presidencialistas en donde el Poder Legislativo está integrado por dos cámaras, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión es el grupo de legisladores de ambas cámaras que sesiona durante los recesos de éste; cuenta con una mesa directiva que tiene un presidente, nombrada por sus propios integrantes.
Más Detalles
En México, la regulación constitucional de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión se integra en el Título Tercero, Capítulo II, Del Poder Legislativo, sección cuarta. Ésta se compone de 37 miembros: 19 diputados y 18 senadores, nombrados por sus respectivas cámaras la víspera de la clausura de las sesiones (art. 78), y funciona exclusivamente durante los recesos del Congreso. La presidencia y la vicepresidencia de dicha Comisión corresponden sucesivamente por cada periodo a los diputados o a los senadores que hubiesen sido designados para integrarla, de acuerdo con la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. La mesa directiva, que se designa por mayoría de votos, se integra por un presidente, un vicepresidente y cuatro secretarios. Al presidente de la Comisión Permanente le compete realizar las funciones del presidente de la cámara que resulten aplicables (LUIS J. MOLINA PIñEIRO).
Fuente principal: Diccionario Parlamentario (México)[1]
Recursos
Notas y Referencias
- Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Secretaría de Servicios Parlamentarios, Dirección General de Bibliotecas, México
Bibliografía
BURGOA, Ignacio, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1994.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Porrúa, México, 1994.
Diccionario Jurídico Mexicano, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Porrúa, 1991, 4a. ed., t. P-Z.
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Talleres Gráficos de la Cámara de Diputados, México, 1994.
Recursos
Véase También
Bibliografía
BURGOA, Ignacio, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1994.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Porrúa, México, 1994.
Diccionario Jurídico Mexicano, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Porrúa, 1991, 4a. ed., t. P-Z.
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Talleres Gráficos de la Cámara de Diputados, México, 1994.