Principio de Prioridad o Prelación

Principio de Prioridad o Prelación en México en México

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Principio de prioridad o prelación en la Legislación Mexicana

Artículo 12. La función registral se prestará con base en los registrales contenidos en esta Ley y el Código, los cuales se enuncian a continuación de manera enunciativa más no limitativa:

Prioridad o prelación: Principio que implica que la preferencia entre sobre una finca se determine por el número de entrada que otorgue el Registro, que se basará en el día, hora, minuto y segundo de su presentación ante la ventanilla, lo que determinará la preferencia y el rango, con independencia de la fecha de otorgamiento del documento.

Legislacion: Ley Registral para el

Tipo: Local

Fecha de Publicacion: 21/11/2011

Recursos

Véase también (en general)

Bibliografía General de Derecho Civil

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