Relación de los Policías Municipales con el Ayuntamiento en México
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Relación de los Policías Municipales con el Ayuntamiento
En esta sección se ofrece una visión general de relación de los policías municipales con el ayuntamiento en el contexto del municipio en el derecho local mexicano. Los miembros de las corporaciones de policía municipal -incluidos los encargados del control del tránsito- están sujetos a un régimen jurídico especial, diferente al resto de los servidores públicos, por considerar que la relación que guardan con el gobierno municipal -en este caso autoridad relacionada- es de naturaleza administrativa y se rige por las normas también administrativas de la ley y reglamentos correspondientes, situación que se explica por tratarse de corporaciones armadas sujetas a una disciplina más o menos parecida a la militar, a quienes se les encomienda el uso de la fuerza pública, como mecanismo coactivo del municipio para el cumplimiento de sus fines y objetivos. Respecto a la relación de los agentes de la policía municipal, véase la tesis de jurisprudencia 24/1995 (9A), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aprobada al resolver la Contradicción de Tesis número 11/94, cuya parte relativa transcribimos en el desarrollo del subapartado «H. la POLICÍA MUNICIPAL» del apartado «3. la SEGURIDAD PÚBLICA EN la CLASIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES MUNICIPALES », del subcapítulo «I. la SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL». [1]
Recursos
Notas y Referencias
- Información sobre relación de los policías municipales con el ayuntamiento basada en la obra Servicios Públicos Municipales, de Jorge Fernández Ruiz (INAP, México, D.F.)