Buenas Costumbres

Buenas Costumbres en México

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Condición contraria a las buenas costumbres

Condición contraria a las buenas costumbres en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Definición y Carácteres de Buenas Costumbres en Derecho Mexicano

Concepto de Buenas Costumbres que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de de la Nación: (escrito por Alicia Elena Pérez Duarte y Jorge A Sánchez-Cordero Dávila) Concepto relativo a la conformidad que debe existir entre los actos del ser humano y los morales. Constituye un aspecto particular del orden público impreciso que comprende la valoración fundamental de determinados modelos de vida e ideas morales admitidas en una determinada época y sociedad. En ellas influyen las corrientes de pensamiento de cada época, los climas, los inventos y hasta las modas. Jurídicamente se recurre a este concepto para eludir la puntualización y determinación en instituciones que pueden ser sutiles o cambiantes. El ordenamiento civil establece la ilicitud de los y objetos materia de contrato o convenio cuando sean contrarios a las leyes de orden público o a las buenas costumbres (artículos 1830 y 1831 Código Civil para el Distrito Federal). Así, el juzgador deberá valorar necesariamente el conjunto de ético-sociales que imperan en una sociedad al momento de declarar la nulidad de un acto por contravenir a las buenas costumbres.

Más sobre el Significado de Buenas Costumbres

II.Las buenas costumbres no se encuentran solamente en la ley civil, sino también en textos penales, etcétera, y se observan en la doctrina diversas tendencias para conceptuarlos: a) La tendencia empírica que intenta describir la evolución de las buenas costumbres. b) La tendencia idealista que explica la evolución en base a un ideal religioso o humano. En algunos derechos positivos (por ejemplo, los artículos 138 y 826 del Código Civil alemán) ha servido para reprimir algunas conductas como la lesión, el abuso del derecho (mexicano), etcétera

Recursos

Véase También

Bibliografía

Carbonnier, Jean, Droit civil; tomo IV, Les obligations; 8èm. éd., Paris, Presses Universitaires de France, 1975; Lutesco, Georges, y práctica de las , traducción de Manuel Romero Sánchez y Julio López de la Cerda; 5ª edición, México, Porrúa, 1980; Rojina Villegas, Rafael, mexicano, tomo V, ; 3ª edición, México, Porrúa, 1976, 2 volúmenes

Recursos

Véase también

Buenas costumbres

Buenas costumbres en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Definición y Carácteres de Buenas Costumbres en Derecho Mexicano

Concepto de Buenas Costumbres que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de de la Nación: (escrito por Alicia Elena Pérez Duarte y Jorge A Sánchez-Cordero Dávila) Concepto relativo a la conformidad que debe existir entre los actos del ser humano y los principios morales. Constituye un aspecto particular del orden público impreciso que comprende la valoración fundamental de determinados modelos de vida e ideas morales admitidas en una determinada época y sociedad. En ellas influyen las corrientes de pensamiento de cada época, los climas, los inventos y hasta las modas. Jurídicamente se recurre a este concepto para eludir la puntualización y determinación en instituciones que pueden ser sutiles o cambiantes. El ordenamiento civil establece la ilicitud de los y objetos materia de contrato o convenio cuando sean contrarios a las leyes de orden público o a las buenas costumbres (artículos 1830 y 1831 Código Civil para el Distrito Federal). Así, el juzgador deberá valorar necesariamente el conjunto de principios ético-sociales que imperan en una sociedad al momento de declarar la nulidad de un acto por contravenir a las buenas costumbres.

Más sobre el Significado de Buenas Costumbres

II.Las buenas costumbres no se encuentran solamente en la ley civil, sino también en textos penales, etcétera, y se observan en la doctrina diversas tendencias para conceptuarlos: a) La tendencia empírica que intenta describir la evolución de las buenas costumbres. b) La tendencia idealista que explica la evolución en base a un ideal religioso o humano. En algunos derechos positivos (por ejemplo, los artículos 138 y 826 del Código Civil alemán) ha servido para reprimir algunas conductas como la lesión, el abuso del derecho (mexicano), etcétera

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Véase También

Bibliografía

Carbonnier, Jean, Droit civil; tomo IV, Les obligations; 8èm. éd., Paris, Presses Universitaires de France, 1975; Lutesco, Georges, y práctica de las , traducción de Manuel Romero Sánchez y Julio López de la Cerda; 5ª edición, México, Porrúa, 1980; Rojina Villegas, Rafael, mexicano, tomo V, ; 3ª edición, México, Porrúa, 1976, 2 volúmenes

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Véase también

Otras búsquedas sobre Obligaciones en la Enciclopedia Jurídica Mexicana

Otras entradas relacionadas con Buenas costumbres en la sección sobre las Obligaciones Civiles pueden ser las siguientes:

  • Buen padre de familia
  • Beneficium copetentiae
  • Beneficio de competencia
  • Beneficio de cesión de bienes
  • Barraqueros y administradores de casas de deposito

Otras búsquedas sobre Contratos en la Enciclopedia Jurídica Mexicana

Otras entradas relacionadas con Buenas costumbres en la sección sobre los Civiles pueden ser las siguientes:

  • Buena fe
  • Bona fides
  • Boleto de compra-venta
  • Billetes de lotería
  • Bilateralidad

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