Abastos

Abastos en México

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Definición y Carácteres de Abastos en Derecho Mexicano

Concepto de Abastos que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Jorge Barrera Graf) Según el Diccionario de la lengua, proviene de abastar: provisión de bastimentos y especialmente de víveres. Abundancia. Bastimento, a su vez, según el propio Diccionario, significa: «provisión para sustento de una ciudad, ejército, etcétera». Abastar o proveer de abastos, implica, pues, una actividad que se dirige a satisfacer necesidades colectivas, con el fin de crear en los mercados abundancia – o cuando menos suficiencia – de ciertas mercaderías, destinadas al consumo, e inclusive a la producción de otros satisfactores. En aquel caso, las mercancías que se abastan constituyen, generalmente, artículos de primera necesidad; en el segundo, materias primas que utilizan las empresas para elaboración de productos. El abastecimiento de cosas o de servicios, en países capitalistas como en el nuestro, se basa en la libertad de comercio, que supone el derecho de competencia y de concurrir al mercado, ofreciendo unos y otros; y que se funda en una garantía individual consagrada en el artículo 5° de la Constitución de la República. De ahí que las trabas e impedimentos que se pongan a esa actividad de aprovisionar a abastecer, puedan constituir delitos contra la economía pública, y concretamente contra el consumo (artículo 253 fracción I, sobre todo el inciso e), Código Penal Del Distrito Federal), que se sancionan con prisión de dos a nueve años y multa de diez a mil doscientos cincuenta pesos; y de ahí también que la Ley Orgánica del Artículo 28 Constitucional en materia de monopolios, prohiba «los actos que tiendan a evitar la libre concurrencia en la producción, distribución o comercialización de bienes y servicios, y los acuerdos, combinaciones o prácticas de cualquier naturaleza que celebren los productores industriales, comerciantes o empresarios para evitar la competencia… desplazar a terceros del mercado, o imponer los precios de los artículos o las tarifas de los servicios de manera arbitraria» (artículo 1°).

Más sobre el Significado de Abastos

Por otra parte, el abastecimiento oportuno y adecuado del mercado, respecto a ciertos productos y servicios, constituye un deber y una de las principales funciones económicas del Estado. Por ello, en la Ley sobre atribuciones al Ejecutivo Federal en materia económica, se le faculta «para imponer la obligación a las personas que tengan existencias de las mercancías a que se refiere el artículo 1° de ponerlas a la venta, a precios que no excedan de los máximos autorizados» (artículo 4°). Esas mercancías son: «I. Artículos alimenticios de consumo generalizado; Efectos de uso general para el vestido de la población del país; IMaterias primas esenciales para la actividad de la industria nacional; IV. Productos de las industrias fundamentales; V. Artículos producidos por ramas importantes de la industria nacional; VI. En general, productos que representen renglones considerables de la actividad económica necesaria; VLos servicios que afectan a la producción, distribución o comercialización de mercancías anotadas en las fracciones precedentes, todos aquellos servicios que se refieren a materias de interés público o beneficio general», En esa misma norma, o sea, el artículo 4° se excluye de imponer la obligación de vender, a materias primas, pero siempre que «no sean en cantidad mayor que la necesaria para el abastecimiento de sus actividades durante un año» (párrafo segundo).

Desarrollo

El abasto constituye una actividad que sólo pueden realizar empresas, o sea organismos profesionales que se dedican a la producción de bienes y servicios destinados al mercado. Se trata, en consecuencia, de comerciantes, según el concepto del artículo 3° fracción I, Código de Comercio: «personas que hacen del comercio su ocupación ordinaria»; y la actividad misma, dentro de la organización de la negociación, se incluye expresamente como «acto de comercio» en el artículo 75 fracción V, Código de Comercio, que se refiere a las empresas de abastecimiento y suministros. Estamos pues, en presencia de una actividad regulada por la legislación mercantil, y no por el derecho civil. Si se quisiera distinguir entre esas dos especies, abastecimiento y suministros, podría decirse que aquellas empresas son de alcance más amplio y general que los suministros; y que éstos suponen siempre un contrato especial, llamado así, precisamente, contrato de suministro, en tanto que el abastecimiento tanto puede efectuarse a través de ese negocio de tracto sucesivo, como de contratos individuales; y que tanto puede llevarse a cabo por negociaciones privadas como públicas, como es el caso de la CONASUPO en sus labores de importación de alimentos y su distribución a los mercados nacionales.

Más Detalles

Recientemente, por encargo de una dependencia del Gobierno Federal, se elaboró en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, un Anteproyecto de la Ley Federal de Abastos, en el que esa tarea queda encomendada a empresas nacionales (artículo 1°), privadas o estatales, pero que requerirían autorización oficial (artículo 2°). Su actividad sólo se referiría a bienes y servicios «que se consideren como de primera necesidad», los que serían específicamente señalados por reglamentos del Ejecutivo (artículo 3°). En dicho Anteproyecto se regulan las condiciones generales de contratación (artículos 5° a 11), la ineficacia de éstas (artículos 12 y 13); ciertos principios generales sobre obligaciones mercantiles (representación, artículos 16 a 21; incumplimiento y rescisión, artículos 22 a 29; reglas sobre la formación de los contratos artículos 30 a 37); y finalmente, se reglamentan ciertos contratos relacionados con el abasto, como la compraventa (artículos 38 a 50); el suministro (artículos 55 a 65); el contrato estimatorio (artículos 66 a 68), el depósito de mercancías (artículos 69 a 75) y en almacenes especiales (artículos 76 a 82), y el contrato de transporte por las empresas nacionales de abasto (artículos 83 a 98)

Véase También

Comercio, Concurrencia, Consumo, Empresa, Monopolios, Suministros.

Recursos

Véase También

Bibliografía

Barrera Graf, Jorge, Tratado de derecho mercantil, México, Porrúa, 1957; Bauche Garciadiego, Mario, La empresa, México, Porrúa, 1980; Rodríguez y Rodríguez, Joaquín, Curso de derecho mercantil; 5ª edición, México, Porrúa, 1978, tomo I.

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