Actas Finales Aprobadas por la Primera Reunión de la Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones sobre la Utilización de la Órbita de los Satélites Geoestacionarios y la Planificación de los Servicios Espaciales que la Utilizan, Adoptadas en Ginebra, el 15 de Septiembre de 1985

Actas Finales Aprobadas por la Primera Reunión de la Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones sobre la Utilización de la Órbita de los Satélites Geoestacionarios y la Planificación de los Servicios Espaciales que la Utilizan, Adoptadas en Ginebra, el 15 de Septiembre de 1985 en México

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Actas Finales Aprobadas por la Primera Reunión de la Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones sobre la Utilización de la Órbita de los Satélites Geoestacionarios y la Planificación de los Servicios Espaciales que la Utilizan, adoptadas en Ginebra, el 15 de septiembre de 1985

Algunos Datos

  • Nombre del Tratado: Actas Finales Aprobadas por la Primera Reunión de la Conferencia Administrativa Mundial de Radiocomunicaciones sobre la Utilización de la Órbita de los Satélites Geoestacionarios y la Planificación de los Espaciales que la Utilizan, adoptadas en Ginebra, el 15 de septiembre de 1985
  • Tipo de Tratado: Tratado Multilateral (México es parte)
  • Fecha de Aprobación en el Senado: 4/11/1987
  • Entrada en vigor del Tratado: 19/1/1988
  • Legislatura: LIII (Bicameral), cuyo período fue: 1 Sep 1985 a 31 Ago 1988
  • Nota: Al firmar las Actas, el de México formulo la declaración y reserva siguientes: DECLARACION: “México reitera las presentadas por el Protocolo Final que figuran en las Actas Finales de la Conferencia 12.2-12-7 GHz y para los enlaces de conexión asociados en la banda de frecuencia de 17.3-17.8 GHz en la Región 2, (Ginebra, 1983), en los 18 y 19 con relación a la densidad de flujo de potencia en el limite de la zona de cobertura y sobre los márgenes de protección negativos que se muestran en los planes, respectivamente”. RESERVA: “Teniendo en cuenta las formuladas por varios países con respecto a las decisiones adoptadas por esta Conferencia, la Delegación de México reserva para su el derecho de tomar las que considere necesarias para proteger sus , en el caso de que otros miembros dejen de cumplir las disposiciones de las Actas finales o de que las por ellas formuladas perjudiquen a sus de telecomunicación”. 2: México también firmó, el 6 de octubre de 1988, las Actas Finales de la Segunda Conferencia de Radiocomunicaciones sobre la Utilización de la Orbita de Satélite Geoestacionarios, del 6 de octubre de 1988. Sin embargo, no ratificó las Actas mencionadas.

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