Agencia de Colocaciones en México
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Definición y Carácteres de Agencia de Colocaciones en Derecho Mexicano
Concepto de Agencia de Colocaciones que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Santiago Barajas Montes de Oca) En México fue creado el Servicio Nacional del Empleo, Capacitación y Adiestramiento, cuyas finalidades son: a) estudiar y promover la generación de empleos; b) promover y supervisar la colocación de trabajadores; c) organizar, promover y supervisar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores en planteles oficiales o particulares; y d) registrar las constancias de habilidades laborales que adquieran los trabajadores. en rigor podemos afirmar que este servicio público a cargo de autoridades administrativas del trabajo, ha venido a substituir entre nosotros la agencia de colocaciones o bolsas de trabajo, ya que sus funciones son eminentemente de carácter social, porque aparte de ser el servicio gratuito busca resolver el problema del desempleo a través de una reglamentación especial. Subsisten los servicios privados y han sido también reglamentados para proporcionar empleos, ya que en países como el nuestro de grave densidad demográfica, de creciente población juvenil que año con año exige fuentes de trabajo, todas las instituciones que en una u otra forma puedan permitir la ocupación de quienes pretendan trabajo, son bien recibidas y se les alienta siempre que no persigan fines lucrativos y cuando los persiguen, se les controla y supervisa para impedir cualquier explotación frente a esta necesidad. De ahí que de conformidad con lo que dispone el artículo 539 Ley Federal del Trabajo se ha creado una Unidad Coordinadora del Empleo, la Capacitación y Adiestramiento a la que en materia de promoción de empleos corresponde practicar los estudios necesarios para determinar las causas del desempleo y del subempleo de la mano de obra rural y urbana y analizar de manera permanente el mercado de trabajo, estimando su volumen y sentido de crecimiento; y en materia de colocación de trabajadores: a) encauzar a los demandantes de trabajo hacia aquellas personas que requieran sus servicios, dirigiendo a los solicitantes más adecuados por su preparación y aptitudes, hacia los empleos que les resulten más idóneos; b) autorizar y registrar, en su caso, el funcionamiento de agencias privadas que se dediquen a la colocación de personas; c) vigilar que las entidades privadas cumplan con las obligaciones que la ley les impone, así como las disposiciones administrativas que dicten las autoridades del trabajo; d) intervenir, en coordinación con unidades administrativas de las Secretarías de Gobernación, Relaciones Exteriores, Comercio y Fomento Industrial, en la contratación de los nacionales que vayan a prestar servicios en el extranjero; e) proponer la celebración de convenios en materia de colocación de trabajadores, entre la Federación y las entidades federativas; f) establecer registros de constancias relativas a trabajadores con una especialidad dentro de una rama industrial y g) establecer un servicio de colocación de trabajadores esencialmente gratuito en todo el ámbito territorial nacional
Véase También
Empleo y Desempleo
Recursos
Véase También
Bibliografía
Despontín, Luis A., La técnica en el derecho del trabajo, Buenos Aires, 1941; Dofny, Jaques, El desempleo, París, 1963; Trueba Urbina, Alberto. Nuevo derecho del trabajo; 4ª edición, México, Porrúa, 1980.