Base del Impuesto sobre Traslación del Dominio

Base del Impuesto sobre Traslación del Dominio en México

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Base del Impuesto sobre Traslación del Dominio en la Imposición a la Riqueza

La presente sección analiza base del impuesto sobre traslación del dominio en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación a base del impuesto sobre traslación del dominio. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las cuestiones más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco de base del impuesto sobre traslación del dominio y la Imposición a la Riqueza.

Base del Impuesto sobre Traslación del Dominio en el Nivel Local

La base del impuesto es el valor señalado para la operación, o el que resulte mayor entre éste y el valor catastral —si el inmueble se encuentra en zona catastrada—, el valor determinado por avalúo practicado por oficinas rentísticas —si el inmueble se encuentra en zona no catastrada—, y el valor determinado por avalúo bancario.

En el caso de que se transmita la nuda propiedad, la base será el 75% del valor así determinado, el 25% restante se paga cuando se transmita el usufructo.

[1]

Base del Impuesto sobre Traslación del Dominio en la Imposición a la Riqueza

La presente sección analiza base del impuesto sobre traslación del dominio en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación a base del impuesto sobre traslación del dominio. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las cuestiones más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco de base del impuesto sobre traslación del dominio y la Imposición a la Riqueza .

Base del Impuesto sobre Traslación del Dominio en el Nivel Local

La base del impuesto es el valor señalado para la operación, o el que resulte mayor entre éste y el valor catastral —si el inmueble se encuentra en zona catastrada—, el valor determinado por avalúo practicado por oficinas rentísticas —si el inmueble se encuentra en zona no catastrada—, y el valor determinado por avalúo bancario.

En el caso de que se transmita la nuda propiedad, la base será el 75% del valor así determinado, el 25% restante se paga cuando se transmita el usufructo. [1]

Recursos

Notas

  1. Información sobre base del impuesto sobre traslación del dominio en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Dolores Beatriz Chapoy Bonifaz y Gerardo Gil Valdivia, reimpresión de la 1a ed. de 1981

Bibliografía

  • Chapoy Bonifaz, Dolores Beatriz, «Coordinación y colaboración intergubernamental en materia fiscal», Anuario Jurídico, VI, 1979, México, D.F.
  • Chapoy Bonifaz, Dolores Beatriz, Problemas derivados de la múltiple imposición interestatal e internacional, México, UNAM, 1972.
  • Flores Zavala, Ernesto, Elementos de finanzas públicas mexicanas; los impuestos, México, Porrúa, 1977 (19a. ed.).
  • Fraga, Gabino, Derecho administrativo, México, Porrua, 1978 (18a. ed.).
  • Garza, Sergio Francisco de la, Derecho Financiero mexicano, México, Porrúa, 1978 (8a. ed.).

Recursos

Notas

  1. Información sobre base del impuesto sobre traslación del dominio en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Dolores Beatriz Chapoy Bonifaz y Gerardo Gil Valdivia, reimpresión de la 1a ed. de 1981

Bibliografía

  • Chapoy Bonifaz, Dolores Beatriz, «Coordinación y colaboración intergubernamental en materia fiscal», Anuario Jurídico, VI, 1979, México, D.F.
  • Chapoy Bonifaz, Dolores Beatriz, Problemas derivados de la múltiple imposición interestatal e internacional, México, UNAM, 1972.
  • Flores Zavala, Ernesto, Elementos de finanzas públicas mexicanas; los impuestos, México, Porrúa, 1977 (19a. ed.).
  • Fraga, Gabino, Derecho administrativo, México, Porrua, 1978 (18a. ed.).
  • Garza, Sergio Francisco de la, Derecho Financiero mexicano, México, Porrúa, 1978 (8a. ed.).

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