Calificación

Calificación en México

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Calificación

Calificación en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Calificación en el Derecho Parlamentario

Concepto y análisis ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados: Derivado del latín qualis cual y faceres, hacer. Significa de calificar (Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, 19a. ed.). En alemán bezeichnung; inglés y francés qualification; italiano qualificazione y en portugués qualificaçao. Para el estudio del derecho (mexicano), la calificación significa la razón de aplicación de éste. La calificación permite fundar la razón por la que debe y cumplirse la norma. En sentido amplio, la calificación significa la razón implícita del derecho y en sentido estricto, significa la razón metodológica de la norma.

Desarrollo de Calificación en este Contexto

Aplicada dentro del contexto jurídico y parlamentario mexicano, el vocablo expresa la determinación de la naturaleza jurídica de una relación. Particularmente en este último ámbito, existen diversos tipos de calificación: a) La que constituye una parte importante en el proceso de racionalización en la aplicación de la norma; b) la que lleva a cabo la Cámara de Diputados, verificada en el tiempo posterior a la celebración de elecciones para determinar la validez y legalidad de la elección presidencial; c) la que califica un delito y que comprende aquellas situaciones previstas en la ley penal y que suponen el incremento de la punibilidad prevista por el legislador, generando con ello nuevos tipos delictivos; y d) la que es realizada para determinar la cuantía de un crédito fiscal a cargo del contribuyente. Desde el punto de vista parlamentario, la acción que cumple la Cámara de Diputados de erigirse en Colegio Electoral a fin de calificar la validez de la elección del Presidente de la República (art. 74, fracción I de la Política de México), es la más importante, dado que con ello se renueva cada seis años el compromiso del país de vivir dentro de un Estado de derecho. Por acuerdo entre los líderes de los partidos políticos, se ha aprobado que esta calificación deje de ser función de la Cámara de Diputados. Esto mismo es aplicable a la función que cumple el Instituto Federal Electoral al calificar las elecciones de diputados, senadores y diputados a la asamblea (DAVID VEGA VERA).

Calificación en el Derecho Parlamentario

Introducción General

Derivado del latín qualis cual y faceres, hacer. Significa acción de calificar (DRAE, 19a. ed.). En alemán bezeichnung; inglés y francés qualification; italiano qualificazione y en portugués qualificaçao. Para el estudio del derecho (mexicano), la calificación significa la razón de aplicación de éste. La calificación permite fundar la razón por la que debe y cumplirse la norma. En sentido amplio, la calificación significa la razón implícita del derecho y en sentido estricto, significa la razón metodológica de la norma.

Desarrollo de Calificación en este Contexto

En los , el Congreso tiene la facultad de calificar por sí mismo las elecciones de los representantes y de examinar si quienes fueron electos cumplen los requisitos correspondientes. En caso de que la calificación no fuera favorable al representante electo, este puede inconformarse ante la Suprema Corte de , a quien corresponde la determinación final. Por lo que se refiere a las elecciones en Italia, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento de la Cámara de Diputados, la junta de Elecciones, compuesta por 30 diputados que son nombrados por el Presidente una vez que se han constituido los grupos parlamentarios, será la encargada de informar al Pleno de la propia Cámara, con respecto a la regularidad de las operaciones electorales, los de admisión de los diputados y las causas de inelegibilidad o incompatibilidad, formulando las propuestas de convalidación, anulación o . El término de que la Junta dispone es de dieciocho meses para llegar a las conclusiones pertinentes.

Más Detalles

Aplicada dentro del contexto jurídico y parlamentario mexicano, el vocablo expresa la determinación de la naturaleza jurídica de una relación. Particularmente en este último ámbito, existen diversos tipos de calificación: a) La que constituye una parte importante en el proceso de racionalización en la aplicación de la norma; b) la que lleva a cabo la Cámara de Diputados, verificada en el tiempo posterior a la celebración de elecciones para determinar la validez y legalidad de la elección presidencial; c) la que califica un delito y que comprende aquellas situaciones previstas en la ley penal y que suponen el incremento de la punibilidad prevista por el legislador, generando con ello nuevos tipos delictivos; y d) la acción que es realizada para determinar la cuantía de un crédito fiscal a cargo del contribuyente. Desde el punto de vista parlamentario, la acción que cumple la Cámara de Diputados de erigirse en Colegio Electoral a fin de calificar la validez de la elección del Presidente de la República (art. 74, fracción I de la Política de México), es la más importante, dado que con ello se renueva cada seis años el compromiso del país de vivir dentro de un Estado de derecho. Por acuerdo entre los líderes de los partidos políticos, se ha aprobado que esta calificación deje de ser función de la Cámara de Diputados. Esto mismo es aplicable a la función que cumple el Instituto Federal Electoral al calificar las elecciones de diputados, senadores y diputados a la asamblea (DAVID VEGA VERA).

Fuente principal: Diccionario Parlamentario (México)[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Secretaría de Servicios Parlamentarios, Dirección General de Bibliotecas, México

Bibliografía

Código Federal de Instituciones y Electorales, Instituto Federal Electoral, 1994.

Constitución Política de los , Secretaría de Gobernación, Talleres Gráficos de la Nación, México, 1995.

Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, Espasa-Calpe, Madrid, 1970, 19a. ed.

El Congreso de los Estados Unidos. Estructura y funcionamiento, Congressional Quarterly, Limusa Noriega Editores, México, 1992, 1a. ed.

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos , Senado de la República, México, 1994.

EVANS HUGHES, Charles, La Suprema Corte de los Estados Unidos, Fondo de Económica, México, 1971, 2a. ed.

en español.

TREJO CERDA, Onosandro, Sistema legislativo y formación de las leyes en México, tesis de doctorado en Derecho, Facultad de Derecho, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 1994.

Recursos

Véase También

Bibliografía

Código Federal de Instituciones y Electorales, Instituto Federal Electoral, 1994.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Secretaría de Gobernación, Talleres Gráficos de la Nación, México, 1995.

Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, Espasa-Calpe, Madrid, 1970, 19a. ed.

El Congreso de los Estados Unidos. Estructura y funcionamiento, Congressional Quarterly, Limusa Noriega Editores, México, 1992, 1a. ed.

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, Senado de la República, México, 1994.

EVANS HUGHES, Charles, La Suprema Corte de los Estados
Unidos, Fondo de Económica, México, 1971, 2a. ed.

en español.

TREJO CERDA, Onosandro, Sistema legislativo y formación de las leyes en México, tesis de doctorado en Derecho, Facultad de Derecho, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 1994.

Recursos

Véase también

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