Convenio de Desarrollo Social en Guerrero

Convenio de Desarrollo Social en Guerrero en México en México

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Convenio de Desarrollo Social en Guerrero

En el mismo artículo 8 de la Ley Orgánica Estatal se señala que el gobernador del estado designará a las dependencias del ejecutivo estatal que deberán coordinarse en el ejercicio de sus atribuciones, tanto con las dependencias y entidades de la administración pública federal, como con las administraciones municipales. Las relaciones entre la federación y el estado de Guerrero son de máxima prioridad, habida cuenta de la multitud de dependencias e instituciones que la primera hace presentes en la entidad por medio de delegaciones y representaciones, lo que es de suyo complejo, más aún, cuando se consideran los organismos pertenecientes a la administración pública estatal. Para el efecto, existe un acuerdo que define las relaciones de comunicación y coordinación entre las secretarías del gobierno del estado y las delegaciones y representaciones federales. Este acuerdo significa una especie de potestad del gobierno del estado de Guerrero para tener la iniciativa de indicar, a los delegados y representantes federales, cuáles son las instituciones locales de conexión en provecho de la eficiencia de ambos gobiernos, a la vez que se evita el-enmarañamiento, la duplicidad y la dilación producida por la falta de una colaboración adecuada. Los vínculos entre los gobiernos federal y estatal están fincados en el Convenio de Desarrollo Social, suscrito anualmente, que tiene por objeto establecer las bases y mecanismos de coordinación de acciones y de aplicación de recursos entre los dos órdenes de gobierno, con la finalidad de promover el desarrollo de la entidad y estimular la participación del gobierno municipal y de los beneficiarios de los programas y proyectos financiados con recursos transferidos. Para efectuar la coordinación, las dependencias federales entran en comunicación con los subcomités sectoriales y, más particularmente, con el COPLADEG, que es el organismo que cumple las funciones de enlace, entre las dependencias y las demandas sociales, para la planeación y programación de acciones en la entidad. La coordinación referida se funda en cinco criterios básicos:
• Incorporación de las dependencias y entidades del gobierno federal y las del gobierno del estado.
• Opinión de las secretarías de estado sobre los programas, decisiones, acciones y presupuestos federales en Guerrero.
• Adecuación de los planes y programas federales a los del estado.
• Obtención de información de las dependencias federales para hacer un seguimiento de los planes y programas, principalmente por medio del COPLADEG.
• Proposición a las instituciones administrativas federales de las reglas y métodos para las reuniones, seguimiento y apoyo mutuos. Existen, además de los mencionados, otros organismos que cumplen funciones de coordinación en diferentes sectores o actividades como: La Comisión de Vigilancia de Tiempo Compartido y El Consejo de Cultura y Convenciones del Estado de Guerrero[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información Sobre Convenio de desarrollo Social en Guerrero de «Administración Local de México,» Tomo II, (1997) del Instituto Nacional de Administración Pública, A. C., México

Véase También

Bibliografía

  • Convenio de desarrollo Social en Guerrero en «La administración pública en el Estado de Guerrero,» por Omar Guerrero (Instituto de Administración Pública del Estado de Guerrero, México, 1991)
  • Información Sobre Convenio de desarrollo Social en Guerrero en el «Diccionario Jurídico de la Administración Local,» de Salvador Trinxet (2017)

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