Cronista Parlamentario

Cronista Parlamentario en México

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Cronista Parlamentario en el Derecho Parlamentario

Concepto y análisis ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados: Para la etimología de cronista Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente enciclopedia jurídica: crónica parlamentaria. La voz cronista se emplea para designar al autor de una crónica, desde el punto de vista histórico, así como para designar a la persona que por oficio las escribe. En portugués e italiano equivale a cronista; en inglés, chronicler, aunque el término común sería el de Congressional Reporter o el de Reporter for the Congressional Record; francés, chroniqueur y alemán, Chronist.

Desarrollo de Cronista Parlamentario en este Contexto

Con la creación del Diario de los Debates de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de México en 1867, la crónica parlamentaria se institucionaliza a través de un medio oficial de los debates y actos parlamentarios. Antes de la creación de este medio, los periódicos de la época fueron los únicos vehículos para este fin; de esta manera se divulgaron los debates del Congreso mexicano durante la primera mitad del siglo XIX en periódicos como El Águila o El Sol, dos caras antagónicas de los partidos en pugna, uno de los federalistas yorkinos y el otro de los moderados escoceses, que daban cuenta no sólo de lo ocurrido en el Congreso, sino de la discusión, teorías y hechos detrás de los debates. Durante la primera mitad del siglo XIX fue igualmente muy común que los propios integrantes de los congresos y las legislaturas de los estados publicaran sus iniciativas, debates u opúsculos que incidieran en el trabajo legislativo y político de los congresos; de tal suerte, los dictámenes, votos y disensiones, así como las iniciativas de ley o reformas, eran publicadas en folletos que circulaban libremente fuera del recinto legislativo y que daban cuenta a la población de la labor de los parlamentarios (MANUEL GONZÁLEZ OROPEZA).

Cronista Parlamentario en el Derecho Parlamentario

Introducción General

Para la etimología de cronista vid. supra, crónica parlamentaria. La voz cronista se emplea para designar al autor de una crónica, desde el punto de vista histórico, así como para designar a la persona que por oficio las escribe. En portugués e italiano equivale a cronista; en inglés, chronicler, aunque el término común sería el de Congressional Reporter o el de Reporter for the Congressional Record; francés, chroniqueur y alemán, Chronist.

Desarrollo de Cronista Parlamentario en este Contexto

El cronista parlamentario es por lo regular una persona informada de todo el acontecer que se da en el ámbito parlamentario, por ser asiduo concurrente a las sesiones, desempeñarse como periodista o empleado oficial con funciones de redactor de los principales acontecimientos. Supone esta actividad conocimientos especiales en materia legislativa, jurídica y política, pudiendo ser realizada esta tarea por particulares interesados en llevar el curso de los sucesos más importantes que habitualmente se presentan en los trabajos parlamentarios.

Más Detalles

Con la creación del Diario de los Debates de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de México en 1867, la crónica parlamentaria se institucionaliza a través de un medio oficial de los debates y actos parlamentarios. Antes de la creación de este medio, los periódicos de la época fueron los únicos vehículos para este fin; de esta manera se divulgaron los debates del Congreso mexicano durante la primera mitad del siglo XIX en periódicos como El Águila o El Sol, dos caras antagónicas de los partidos en pugna, uno de los federalistas yorkinos y el otro de los moderados escoceses, que daban cuenta no sólo de lo ocurrido en el Congreso, sino de la discusión, teorías y hechos detrás de los debates. Durante la primera mitad del siglo XIX fue igualmente muy común que los propios integrantes de los congresos y las legislaturas de los estados publicaran sus iniciativas, debates u opúsculos que incidieran en el trabajo legislativo y político de los congresos; de tal suerte, los dictámenes, votos y disensiones, así como las iniciativas de ley o reformas, eran publicadas en folletos que circulaban libremente fuera del recinto legislativo y que daban cuenta a la población de la labor de los parlamentarios (MANUEL GONZÁLEZ OROPEZA).

Fuente principal: Diccionario Parlamentario (México)[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Secretaría de Servicios Parlamentarios, Dirección General de Bibliotecas, México

Bibliografía

CLAGETT, Helen L. y David M. Valderrama, A Revised Guide to the Law and Legal Literature of Mexico, Library of Congress, Washington, 1973.

GARCÍA Y GARCÍA, J. Jesús, Guía de archivos, UNAM, 1972.

GONZÁLEZ OROPEZA, Manuel, Los diputados de la nación, Secretaría de Gobernación-Cámara de Diputados, 1994.

Recursos

Véase También

Bibliografía

CLAGETT, Helen L. y David M. Valderrama, A Revised Guide to the Law and Legal Literature of Mexico, Library of Congress, Washington, 1973.

GARCÍA Y GARCÍA, J. Jesús, Guía de archivos, UNAM, 1972.

GONZÁLEZ OROPEZA, Manuel, Los diputados de la nación, Secretaría de Gobernación-Cámara de Diputados, 1994.

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