Declaración de Apertura en México
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Declaración de apertura en la Legislación Mexicana
Artículo 2o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
Declaración de Apertura: El acto administrativo por el cual la autoridad competente recibe la manifestación que hace una persona física o moral de que iniciará actividades comerciales en un Establecimiento Mercantil determinado, presentada por medios electrónicos o directamente ante las Ventanillas Únicas o las de Gestión, una vez cumplidos los requisitos establecidos en las normas jurídicas aplicables;
Legislacion: Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal
Tipo: Local
Fecha de Publicacion: 26/01/2009
Recursos
Véase también (en general)
- Historia de la Legislación mexicana
- Legislación mexicana en materia ambiental
- Legislación mexicana en materia de comercio exterior
- Legislación mexicana en materia de derechos humanos
- Legislación mexicana vigente
- Legislación mexicana de las sociedades mercantiles
- Legislación Fiscal mexicana
Bibliografía de Derecho Administrativo
- Gabino Fraga, Derecho administrativo