Efectos Pecuniarios Secundarios

Efectos Pecuniarios Secundarios en México

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Efectos Pecuniarios Secundarios en el Derecho de Familia

La presente sección analiza efectos pecuniarios secundarios en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación a efectos pecuniarios secundarios. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las cuestiones más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco de efectos pecuniarios secundarios y el Derecho de Familia.

Efectos Pecuniarios Secundarios en el Matrimonio

En este rubro se desarrolla lo que se conoce como las capitulaciones matrimoniales. Nuestro sistema legal obliga a los pretendientes a celebrar las capitulaciones matrimoniales (artículos 98, fracción V, y 99 del Código Civil), pero les da opción entre dos regímenes diversos: sociedad conyugal o separación de bienes (artículo 178 del Código Civil). Mucho se ha discutido en nuestra literatura la naturaleza de las capitulaciones matrimoniales y específicamente la de la sociedad conyugal. Conforme a nuestro sistema, las capitulaciones matrimoniales son los pactos que los esposos celebran para constituir la sociedad conyugal o la separación de bienes y reglamentar la administración de éstos en uno y otro caso (artículo 179 del Código Civil). Estos pactos están sujetos a la teoría general de los contratos por aplicación del artículo 1859 del Código Civil

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Efectos Pecuniarios Secundarios en el Derecho de Familia

La presente sección analiza efectos pecuniarios secundarios en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación a efectos pecuniarios secundarios. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las cuestiones más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco de efectos pecuniarios secundarios y el Derecho de Familia .

Efectos Pecuniarios Secundarios en el Matrimonio

En este rubro se desarrolla lo que se conoce como las capitulaciones matrimoniales. Nuestro sistema legal obliga a los pretendientes a celebrar las capitulaciones matrimoniales (artículos 98, fracción V, y 99 del Código Civil), pero les da opción entre dos regímenes diversos: sociedad conyugal o separación de bienes (artículo 178 del Código Civil). Mucho se ha discutido en nuestra literatura la naturaleza de las capitulaciones matrimoniales y específicamente la de la sociedad conyugal. Conforme a nuestro sistema, las capitulaciones matrimoniales son los pactos que los esposos celebran para constituir la sociedad conyugal o la separación de bienes y reglamentar la administración de éstos en uno y otro caso (artículo 179 del Código Civil). Estos pactos están sujetos a la teoría general de los contratos por aplicación del artículo 1859 del Código Civil [1]

Recursos

Notas

  1. Información sobre efectos pecuniarios secundarios en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Jorge A. Sánchez-Cordero Dávila, reimpresión de la 1a ed. de 1981

Bibliografía

  • Dublín, Manuel y Méndez, Luis, Novísimo Sala mexicano o ilustración al derecho real de España, con las notas de J. M. de Lacunza, México, Imprenta del Comercio de N. Chávez, a cargo de J. Moreno, 1870, tomo I.
    Duna, León, Las transformaciones generales del derecho privado desde el Código de Napoleón; trad. de Carlos G. Posada, Madrid, Francisco Beltrán, 1926 (2a. ed.).
    Farjat, Gérard, Droit privé de Véconomie, tomo II, Théories des obligations, París, Presses Universitaries de France, 1975.
    Galindo Garfias, Ignacio, Anteproyecto de reformas y adiciones al libro cuarto, primera parte (obligaciones en general), del Código Civil del Distrito Federal, México, UNAM, 1979.
    García Goyena, Florencio, Concordancias, motivos y comentarios del código civil español, México, Imprenta de la Biblioteca de Jurisprudencia, 1881, tomo IV.

Recursos

Notas

  1. Información sobre efectos pecuniarios secundarios en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Jorge A. Sánchez-Cordero Dávila, reimpresión de la 1a ed. de 1981

Bibliografía

  • Dublín, Manuel y Méndez, Luis, Novísimo Sala mexicano o ilustración al derecho real de España, con las notas de J. M. de Lacunza, México, Imprenta del Comercio de N. Chávez, a cargo de J. Moreno, 1870, tomo I.

    Duna, León, Las transformaciones generales del derecho privado desde el Código de Napoleón; trad. de Carlos G. Posada, Madrid, Francisco Beltrán, 1926 (2a. ed.).

    Farjat, Gérard, Droit privé de Véconomie, tomo II, Théories des obligations, París, Presses Universitaries de France, 1975.

    Galindo Garfias, Ignacio, Anteproyecto de reformas y adiciones al libro cuarto, primera parte (obligaciones en general), del Código Civil del Distrito Federal, México, UNAM, 1979.

    García Goyena, Florencio, Concordancias, motivos y comentarios del código civil español, México, Imprenta de la Biblioteca de Jurisprudencia, 1881, tomo IV.

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