Escuelas en Jalisco

Escuelas en Jalisco en México en México

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Cláusulas del Convenio para la Federalización de la Construcción de Escuelas en el Nivel Básico, con el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Jalisco

Primera> De conformidad con los modelos de asignación de , para el ejercicio de 1997 «La secretaría» determinó una inversión de $ 69'613,200. (sesenta y nueve millones seiscientos trece mil doscientos pesos 00/100 M.N.) para la construcción, reparación, mantenimiento, habilitación y/o de infraestructura educativa de los niveles de preescolar y secundaria en la entidad. Dichos recursos serán radicados a «El gobierno del estado», de acuerdo al avance de ejecución del programa general de obras, que previamente habrá entregado «El del estado» al «Comité». Segunda- Adicionalmente a la cantidad señalada en la cláusula anterior, también para el de 1997, «La Secretaría» determinó una inversión de $ 17,403,300.00 (diecisiete millones cuatrocientos tres mil trescientos PESOS 00/100 M.N.), para la construcción, reparación, mantenimiento, habilitación y/o de infraestructura educativa del nivel de primaria en la entidad. Esta inversión no podrá ser mayor del 20 por ciento del monto total asignado y será igualmente radicada a «El gobierno del estado». Este podrá disponer de dichos recursos previo convenio con los municipios beneficiados, en el cual se compromete expresamente a aportar por lo menos una cantidad igual a los recursos que «El gobierno del estado» ejercerá en el municipio correspondiente. Una vez convenida la municipal, «El gobierno del estado» remitirá el programa general de obras para ese efecto «El Comité». Si «El gobierno del estado» decide no disponer de los recursos, éstos se sumarán a los recursos de Federalización señalados en la cláusula primera, debiendo enviarse a «El comité» la propuesta de obras a ejecutarse con esta inversión adicional. [1]

Convenio para la Federalización de la Construcción de Escuelas en el Nivel Básico, con el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Jalisco

En el año de 1997 se ha suscrito también el convenio marco para la de funciones, responsabilidades y recursos con el Comité Administrador del Programa Federal de Construcción de Escuelas (C.A.P.F.C.E.) Con el fin de ejemplificar algunos aspectos relevantes del convenio, se esbozarán algunos de sus contenidos. Los artículos 40. del decreto por el que se reforma la Ley que crea el comité administrador del programa federal de construcción de escuelas y 20, fracción I1I, de su reglamento, establecen la necesidad de adecuar progresivamente las acciones de «El comité» a una estrategia de . Transfiriendo la realización de sus programas a los de los estado y municipios con las modalidades que se establezca el ejecutivo federal. El programa de desarrollo educativo 1995-200 contempla que ta consolidación del federalismo educativo debe comprender lo relativo a la edificación, mantenimiento y equipamiento de la totalidad de espacios educativos, para atender mejor los rezagos existentes y adecuarse a las necesidades locales. De acuerdo a lo establecido en dicho programa, El gobierno federal deberá realizar la transferencia de los recursos federales destinados a la infraestructura educativa de los y municipios, a los gobiernos locales para que éstos asuman la total responsabilidad de la infraestructura y el equipamiento escolar en sus respectivos ámbitos territoriales. En cumplimiento de lo anterior, «El comité» inició en febrero de 1996 un proceso de descentralización gradual y progresivo hacia los gobiernos de los y municipios, con el objeto de fortalecer la económica y administrativa de estas instancias de gobierno para construir y equipar su propia infraestructura educativa. Para este efecto, se formaron convenios de federación con los 31 Estados de la República, en los cuales establecieron las bases para la transferencia de los recursos y la ejecución de las obras a cargo de los ayuntamientos. En 1996 los gobiernos de los estados realizaron la planeación y programación para la construcción y equipamiento de escuelas en los niveles de preescolar y secundaria en todas sus modalidades, a partir de los requerimientos que le presentaron los ayuntamientos y los propios educativos de los Estados. Con base en esa valiosa experiencia «La secretaría», «El comité» y «El gobierno del estado» han decidido continuar el esfuerzo emprendido hace un año e iniciar la etapa de consolidación del proceso descentralizado de la educación básica, comprometiendo nuevamente recursos importantes de la Federación para la realización por los gobiernos locales y municipales de las obras programadas en sus comunidades. De igual manera se enuncian a continuación, a manera de ilustración sobre el contenido del convenio, las siguientes [1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre Convenio para la Federalización de la Construcción de Escuelas en el Nivel Básico, con el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Jalisco de « Local de México,» Tomo II, (1997) del Instituto Nacional de Pública, A. C., México

Véase También

Bibliografía

  • Convenio para la Federalización de la Construcción de Escuelas en el Nivel Básico, con el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Jalisco en «La administración Pública en el Estado de Jalisco,» por Héctor Francisco Castañeda Jiménez (Instituto de Administración Pública del Estado de Jalisco, Guadalajara, Jalisco, México, 1987)
  • Información sobre Convenio para la Federalización de la Construcción de Escuelas en el Nivel Básico, con el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Jalisco en el «Diccionario Jurídico de la Administración Local,» de Salvador Trinxet (2017)

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre Cláusulas del Convenio para la Federalización de la Construcción de Escuelas en el Nivel Básico, con el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Jalisco de «Administración Local de México,» Tomo II, (1997) del Instituto Nacional de Administración Pública, A. C., México

Véase También

Bibliografía

  • Cláusulas del Convenio para la Federalización de la Construcción de Escuelas en el Nivel Básico, con el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Jalisco en «La administración Pública en el Estado de Jalisco,» por Héctor Francisco Castañeda Jiménez (Instituto de Administración Pública del Estado de Jalisco, Guadalajara, Jalisco, México, 1987)
  • Información sobre Cláusulas del Convenio para la Federalización de la Construcción de Escuelas en el Nivel Básico, con el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Jalisco en el «Diccionario Jurídico de la Administración Local,» de Salvador Trinxet (2017)

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