Exequatur

Exequatur en México

[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»][rtbs name=»derecho»]

Definición y Carácteres de Exequatur en Derecho Mexicano

Concepto de Exequatur que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de de la Nación: (escrito por Patrick Staelens Guillot) Definición. Hasta el siglo XVIII se utilizaba la palabra latina exequatur para designar la fórmula que ordenaba la ejecución de una extranjera o foránea. En la actualidad, el exequatur es el procedimiento judicial por medio del cual el tribunal competente de un determinado Estado, ordena la ejecución sobre su territorio nacional de una o laudo arbitral emitidos en el extranjero. Es importante aclarar que el exequatur es necesario únicamente para la ejecución sobre territorio nacional de una sentencia emitida por un juez extranjero, mientras que en el caso de reconocimiento de sentencias extranjeras tal procedimiento no es requerido.

Más sobre el Significado de Exequatur

Sistema mexicano. Las reglas que rigen la ejecución de las sentencias dictadas por jueces del extranjero se encuentran contenidas en los artículos 599 a 608 del Código de Civiles para el . Estos artículos establecen los requisitos necesarios para que el juez mexicano otorgue exequatur a una sentencia extranjera: – La sentencia extranjera debe ser definitiva (artículo 605 fracción V). – La sentencia extranjera no debe ser contraria al orden público (artículo 599). – Exigencia de un documento legalizado, auténtico y traducido al español (artículos 605 fracción VI y 607). – Respecto del derecho de audiencia y comparecencia de las partes (artículos 602 fracción III y 605 fracción IV). – Que el juez que dicte la sentencia sea competente en función de las reglas mexicanos de atribución de (artículo 600). – Que exista reciprocidad internacional (artículo 604). El sistema en vigor en México está basado en la del control que se aplica en un sentido muy amplio. No existe duda al respecto, puesto que el legislador en el artículo 608 del Código de Civiles para el estipula: «ni el juez inferior, ni el tribunal superior podrán examinar ni decidir sobre la o injusticia del fallo ni sobre los fundamentos de hecho o de derecho en que se apoye, limitándose tan sólo a examinar su autenticidad y si debe o no ejecutarse conforme a las leyes mexicanas.» Este artículo rechaza claramente el sistema de la revisión. Parece ampliamente subrayar que el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal no prevé el requisito de la adecuación de la ley aplicada por el juez emisor a la ley designada por la regla de conflicto mexicana, que es uno de los requisitos más criticables utilizados por los sistemas que siguen el concepto de control, ya que en muchas ocasiones constituye un freno a la validez de las sentencias extranjeras.

Más Detalles

del procedimiento de exequatur. El efecto es dar fuerza obligatoria y autoridad de cosa juzgada a la sentencia extranjera. La sentencia extranjera que recibe exequatur tiene los mismos que una sentencia del juez nacional en cuanto a su ejecución

Véase También

Conflicto de , Privado, Fraude a la Ley, Reglas del Conflicto

Recursos

Véase También

Bibliografía

Batifol, Henri, y Lagarde, Paul, Droit international privé, 6a. edición, Paris, Librairie Générale de Droit et de Jurisprudence, 1974, tomo II; Loussouarn, Yvon Y Bourel, Pierre, Droit international privé; Paris, Dalloz, 1978; Pereznieto Castro, Leonel, Derecho internacional privado; México, Harla, 1980.

También puede interesar: