Función Representativa

Función Representativa en México

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Función Representativa en el Derecho Parlamentario

Concepto y análisis ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Parlamentarios de la Cámara de Diputados: La voz representativa(o) denota aquello que sirve para representar otra cosa. Función del latín functío; actividad ejercida por un elemento o parte de un todo orgánico. Tarea derivada del ejercicio de un (Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente enciclopedia jurídica: funciones parlamentarias). Función representativa, es la actividad propia y por antonomasia de quien actúa por cuenta de otro. En materia parlamentaria dicha función se atribuye a los partidos políticos y a los integrantes de las asambleas legislativas. Los términos significan respectivamente, en inglés, representative y function; en francés, représentative y fonction; en alemán, repräsentativ y funktion; en italiano, rappresentativa y funzione; en portugués, representativa y funçâo.

Desarrollo de Función Representativa en este Contexto

En México, encontramos la base constitucional de la representación en el artículo cuarenta de la Ley Suprema que señala: «Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa…» Esta función representativa, la ejercen los miembros del Congreso, tanto diputados como senadores; diputados locales y a la asamblea, electos para vigilar los de las comunidades en particular y de la nación en general. En cuanto al Poder Ejecutivo serán el Presidente de la República, los gobernadores y jefe del quienes tengan a su cargo dicha función, y en general a todos aquellos individuos que hayan sido electos por voto secreto y universal, en los términos establecidos por las leyes respectivas. Los representantes populares, antes mencionados han sido considerados por la legislación como servidores públicos, en tal virtud están obligados, de acuerdo al artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a «salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su cargo» (FRANCISCO RIVERA ALVELAIS).

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Representativa, Función en el Derecho Parlamentario

Introducción General

La voz representativa(o) denota aquello que sirve para representar otra cosa. Función del latín functío; actividad ejercida por un elemento o parte de un todo orgánico. Tarea derivada del ejercicio de un (vid. supra, funciones parlamentarias). Función representativa, es la actividad propia y por antonomasia de quien actúa por cuenta de otro. En materia parlamentaria dicha función se atribuye a los partidos políticos y a los integrantes de las asambleas legislativas. Los términos significan respectivamente, en inglés, representative y function; en francés, représentative y fonction; en alemán, repräsentativ y funktion; en italiano, rappresentativa y funzione; en portugués, representativa y funçâo.

Desarrollo de Representativa, Función en este Contexto

La función representativa de los o parlamentos se concreta en los poderes de que están investidos: función o Poder Legislativo, función o poder de control; función o poder presupuestario; función o poder de reivindicación ; y función o poder de gestión de los reclamos y demandas sociales. Esta función representativa, se crea a partir de los factores cualitativos y cuantitativos que fue experimentando el hombre en su evolución social y porque en la actualidad resultaría imposible que las multitudes que constituyen la mayoría de una nación acudieran a reunirse para participar en la elaboración de las leyes o en la toma de decisiones que afectan a la . Así, la solución resulta ser que un número de con semejantes convenga en encargar o autorizar a otra para que, en nombre y en lugar de quienes lo eligen, exprese el parecer de éstos. Los parlamentos deben actuar verdaderamente como órganos representativos, manifestar las características, y transacciones del conglomerado nacional, al cual representan y, por tanto, resultar útiles para que, mediante el diálogo y el debate se evite la social, lo que genera un alto grado de consenso que nutra la obediencia civil espontánea.

Más Detalles

En México, encontramos la base constitucional de la representación en el artículo cuarenta de la Ley Suprema que señala: Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa… Esta función representativa, la ejercen los miembros del Congreso, tanto diputados como senadores; diputados locales y a la asamblea, electos para vigilar los intereses de las comunidades en particular y de la nación en general. En cuanto al Poder Ejecutivo serán el Presidente de la República, los gobernadores y jefe del quienes tengan a su cargo dicha función, y en general a todos aquellos individuos que hayan sido electos por voto secreto y universal, en los términos establecidos por las leyes respectivas. Los representantes populares, antes mencionados han sido considerados por la legislación como servidores públicos, en tal virtud están obligados, de acuerdo al artículo 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su cargo (FRANCISCO RIVERA ALVELAIS).

Fuente principal: Diccionario Parlamentario (México)[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Secretaría de Servicios Parlamentarios, Dirección General de Bibliotecas, México

Bibliografía

BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Económica, México, 1994, 3a. reimp.

Diccionario de la Lengua Española, Real Academia Española, 1984, 20a. ed.

Dictionary of Constitutional and Parlamentary Terms, Lok Sabha Secretariat, Nueva Delhi, 1991.

The Congress Dictionary. The Ways and Meanings of Capitol Hill, Paul Dickson y Paul Clancy, John Wiley & Sons.

The University of Chicago Dictionary, Spanish-English, English-Spanish, Pocket Books, a Division of Simon & Schuster, 1987 4a. ed.

Recursos

Véase También

Bibliografía

BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Económica, México, 1994, 3a. reimp.

Diccionario de la Lengua Española, Real Academia Española, 1984, 20a. ed.

Dictionary of Constitutional and Parlamentary Terms, Lok Sabha Secretariat, Nueva Delhi, 1991.

The Congress Dictionary. The Ways and Meanings of Capitol Hill, Paul Dickson y Paul Clancy, John Wiley & Sons.

The University of Chicago Dictionary, Spanish-English, English-Spanish, Pocket Books, a Division of Simon & Schuster, 1987 4a. ed.

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