Funciones Parlamentarias

Funciones Parlamentarias en México

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Funciones Parlamentarias en el Derecho Parlamentario

Concepto y análisis ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados: Función (Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente enciclopedia jurídica: división de funciones); parlamentarias (vid. infra, parlamentariosas).

Desarrollo de Funciones Parlamentarias en este Contexto

En el Congreso mexicano, en términos generales, las funciones parlamentarias son ejercidas sin la amplitud que tienen en otros países, en virtud del sui generis sistema presidencial que caracteriza al régimen político de México y la escasa tradición parlamentaria que posee, lo que ha dado lugar a la improvisación y falta de profesionalismo de los miembros del mismo. Si a esto se agrega la existencia del principio de no reelección inmediata de los miembros de sus cámaras de diputados y senadores, el cual se ha convertido en un tabú para su integración, se comprende el porqué muchas de estas funciones no tienen la misma dimensión y aplicabilidad que en semejantes instituciones políticas de otros países. Éste sería el caso de algunas de las funciones parlamentarias, como las de indagación, comunicación, de control, de investigación, de educación y orientación política, entre otras, que han venido siendo insuficientemente desarrolladas, con el consiguiente debilitamiento del congreso en este país (FRANCISCO BERLIN VALENZUELA).

Funciones parlamentarias en el Derecho Parlamentario

Concepto de funciones parlamentarias en la práctica legislativa mexicana: Actos, encargos o tareas que llevan a cabo los parlamentos. Algunos autores consideran que las funciones que realiza el Congreso deben llamarse parlamentarias y no legislativas, ya que éste órgano representativo no sólo legisla -es decir, crea o reforma las leyes-, sino que también realiza funciones de carácter representativo, jurisdiccional, electoral, de control y administrativo.

Funciones Parlamentarias en el Derecho Parlamentario

Introducción General

Función (vid. supra, división de funciones); parlamentarias (vid. infra, parlamentariosas).

Desarrollo de Funciones Parlamentarias en este Contexto

Como es sabido, el parlamento es un órgano político colegiado, de carácter representativo en el que recaen las funciones más elevadas de la dirección del Estado, el cual, además de la función creadora de leyes, ejerce entre otras la de controlar los actos de los gobernantes, de acuerdo con las constituciones y el sistema político en que actúa. Desde sus orígenes el parlamento tuvo asignada una función representativa, a la que posteriormente fue agregada la presupuestaria, con el propósito de conseguir recursos pecuniarios al rey, sin embargo, esta función fue ampliada, sobre todo a finales del siglo XVIII, cuando las cámaras buscaron limitar y controlar el ejercicio del poder real que había llegado al <a href="https://leyderecho.org/absolutismo (siglos XVII y XVIII en Europa; véase también la información respecto a la historia del derecho natural) -en-europa/»>absolutismo (siglos XVII y XVIII en Europa; véase también la información respecto a la historia del derecho natural) (siglos XVII y XVIII en Europa; véase también la información respecto a la historia del derecho natural) . Así comenzó el parlamento a desarrollar otras funciones, entre ellas la legislativa y la fiscalizadora. En el Estado contemporáneo, desde un punto de vista teórico, la enumeración y clasificación de las funciones parlamentarias es una tarea compleja, lo que se explica porque los parlamentos son considerados instrumentos políticos del principio de soberanía popular, misión que les confiere inevitablemente el derecho y el deber de intervenir, de diversas maneras, en la conducción de los asuntos públicos, según el régimen en el que actúen y el grado de desarrollo político de cada pueblo.

Más Detalles

Al finalizar este milenio, se observa que el parlamento presenta diferencias notables con las instituciones que le precedieron con anterioridad a la década de los cuarenta, como puede apreciarse del papel que se le ha venido asignando al Estado, en el que ha echado raíces el fenómeno de la racionalización de la vida parlamentaria al considerársele como lo señala López Garrido,… implicado en múltiples sectores económicos y sociales, además de los aspectos clásicos de la política general, interior e internacional. El problema dominante en el parlamento en el siglo XX, sobre todo después de la Segunda guerra mundial, es asegurar al gobierno, un suficiente control sobre el parlamento, desequilibrado el conflicto entre mayoría y oposición, de modo que la mayoría pueda siempre apoyar la acción del gobierno con éxito. Las funciones actuales del parlamento se dan en el contexto anterior, en que existe un Poder Ejecutivo, siempre dispuesto a mantener en segundo plano las actividades parlamentarias, frente a un Poder Legislativo que pugna por no dejarse subyugar o absorber por la fuerte presencia de los titulares de los gobiernos. En este sentido, las funciones parlamentarias más comunes pueden ser clasificadas en: representativas, deliberativas, financieras, legislativas, de control, políticas (en sentido estricto, dado que todas las funciones del parlamento tienen este carácter), de inspección, jurisdiccionales, de indagación, de comunicación y educativas, entre otras. Como es evidente, estas funciones no siempre son ejercidas en el orden mencionado y algunas de las acciones que sirven para una de ellas pueden también ser aplicadas en otras, de tal manera que se entretejen en la realidad los fenómenos políticos inherentes al ejercicio de una representación auténtica del electorado y de las distintas fuerzas sociales y económicas que cada nación genera, mismas que han de ser evaluadas, controladas, conciliadas y coordinadas con el fin de que permanezcan integrando un todo coherente, constituido por la nación soberana.

Algunos Aspectos

En el Congreso mexicano, en términos generales, las funciones parlamentarias son ejercidas sin la amplitud que tienen en otros países, en virtud del sui generis sistema presidencial que caracteriza al régimen político de México y la escasa tradición parlamentaria que posee, lo que ha dado lugar a la improvisación y falta de profesionalismo de los miembros del mismo. Si a esto se agrega la existencia del principio de no reelección inmediata de los miembros de sus cámaras de diputados y senadores, el cual se ha convertido en un tabú para su integración, se comprende el porqué muchas de estas funciones no tienen la misma dimensión y aplicabilidad que en semejantes instituciones políticas de otros países. Éste sería el caso de algunas de las funciones parlamentarias, como las de indagación, comunicación, de control, de investigación, de educación y orientación política, entre otras, que han venido siendo insuficientemente desarrolladas, con el consiguiente debilitamiento del congreso en este país (FRANCISCO BERLIN VALENZUELA).

Fuente principal: Diccionario Parlamentario (México)[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Diccionario Universal de Términos Parlamentarios, Secretaría de Servicios Parlamentarios, Dirección General de Bibliotecas, México

Bibliografía

BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1994, 3a. reimp.

BURKE, Edmund, Textos políticos, Fondo de Cultura Política, México, 1984.
LÓPEZ GARRIDO, Diego, Parlamento y derecho (mexicano), Eusko Legibitzarra (ed.), Parlamento Vasco, 1991.

PECES-BARBA MARTÍNEZ, Gregorio, Reflexiones sobre el Parlamento, en Estudios de Derecho Parlamentario, Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense, Madrid, 1986.

SANTAOLALLA, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, Madrid, 1990.

Recursos

Véase También

Bibliografía

BERLÍN VALENZUELA, Francisco, Derecho Parlamentario, Fondo de Cultura Económica, México, 1994, 3a. reimp.

BURKE, Edmund, Textos políticos, Fondo de Cultura Política, México, 1984.

LÓPEZ GARRIDO, Diego, Parlamento y derecho (mexicano), Eusko Legibitzarra (ed.), Parlamento Vasco, 1991.

PECES-BARBA MARTÍNEZ, Gregorio, «Reflexiones sobre el Parlamento», en Estudios de Derecho Parlamentario, Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense, Madrid, 1986.

SANTAOLALLA, Fernando, Derecho Parlamentario Español, Espasa-Calpe, Madrid, 1990.

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