Inalienable en México en México
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Definición de Inalienable
«Conforme al derecho civil, son las cosas o bienes que aunque pueden ser de propiedad particular, o que incluso son ya de propiedad particular no pueden ser objeto de un contrato traslativo de dominio, aún cuando si pueden ser objeto de otros tipos de contrato (Ernesto Gutiérrez y González, p. 134. Por ejemplo, el art. 727 del CC establece que: «Los bienes afectos al patrimonio de la familia son inalienables y no estarán sujetos a embargo ni gravamen alguno».
Sin embargo, cuando se dice de los bienes de dominio público que son «inalienables», como la establece el a. 16 de la Ley General de Bienes Nacionales, que sigue en ello al a. 27, pfo. sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se usa «inalienable» en un sentido más restringido, ya que los bienes de dominio público, por definición, no pueden ser de propiedad particular. La Constitución se ha valido del régimen de inalienabilidad e imprescriptibilidad a que están sujetos los bienes de dominio público para asegurar que la Nación mexicana conserve siempre la propiedad sobre esos bienes.»
(Gutierrez y Conzalez,Ernesto, El patrimonio. Pecuniario y moral o derechos de la personalidad y derecho sucesorio, 2a. ed., México, Ed. Cajica, 1980; Madrazo, Jorge, «Comentario al artículo 27 constitucional». en Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos comentada, México, UNAM, 1985.)
Inalienable en el Derecho Civil Mexicano
Concepto de Inalienable publicado por Víctor Manuel Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): Cosa que no puede ser vendida.
Significado Alternativo
Lo que no se puede enajenar válidamente.
Inalienable en la Enciclopedia Jurídica Omeba
Véase:
Inalienable (en Derecho Procesal Civil)
Definición de Inalienable en este contexto: En derecho civil, dícese de las cosas o bienes que aunque pueden ser de propiedad particular, o que incluso son ya de propiedad particular no pueden ser objeto de un contrato traslativo de dominio, aún cuando si pueden ser objeto de otros tipos de contrato.
Inalienable (en Derecho Procesal Civil)
Definición de Inalienable en este contexto: En derecho civil, dícese de las cosas o bienes que aunque pueden ser de propiedad particular, o que incluso son ya de propiedad particular no pueden ser objeto de un contrato traslativo de dominio, aún cuando si pueden ser objeto de otros tipos de contrato.
Concepto de Inalienable
Definición de inalienable en el contexto del derecho mexicano: Cosa que no puede ser vendida. Cosa fuera del comercio.
Recursos
Véase también
- Bien Inalienable
- Bien De Dominio Público
- Derechos por el Uso o Aprovechamiento de Bienes de Dominio Publico
- Bienes del Dominio Público
- Dominio Pleno
- Escritura de Propiedad
- Registro Público de la Propiedad Federal
- Dominio Privado
- Dominio
- Incorporar
- Cosas de Dominio Público
- Título Traslativo De Dominio
- Aguas
- Bienes del Dominio Privado
- Dominio Fluvial
- Dominio Lacustre
- Valor de Dominio Pleno del Arrendador
- Reserva de Dominio
- Abandono del Dominio
- Dominio Ficticio