Ingresos Municipales en Puebla

Ingresos Municipales en Puebla en México en México

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Convenio de Colaboración Administrativa en Materia de Ingresos Municipales que Celebran el Gobierno del Estado a Través de la Secretaría de Finanzas y los Municipios del Estada a Través de Sus Ayuntamientos en Puebla

En Relación a los Mecanismos de Coordinación y Colaboración Intergubernamentales

Suscrito el 18 de marzo de 1991, cuyo propósito es establecer la coordinación entre el ejecutivo estatal y los municipios en lo referente a: impuesto sobre la adquisición de bienes muebles e inmuebles, impuesto predial, derechos por consumo de agua, infracciones de tránsito, revista, arrastre y guarda de vehículos, catastro, asesoría técnica, los municipios con la finalidad de alcanzar los objetivos de este convenio se comprometen a apoyarse en las diversas recomendaciones y la correspondiente asistencia técnica administrativa y jurídica proporcionada por la Secretaría de Finanzas; así mismo, se acepta que la mencionada secretaría está facultada para llevar a cabo acciones de planeación, normatividad y evaluación de las cuestiones coordinadas. Cuando se presente incumplimiento por la secretaría los municipios podrán asumir a su cargo cualquiera de la atribuciones que conforma este convenio que ejerza la secretaría. Los municipios aceptan cubrir los gastos especificados por concepto de administración y asesoría de las materias coordinadas y un 10% para la alimentación de los internos del Centro de Readaptación Social Municipal del Distrito Judicial que les corresponda y un 5% para el mantenimiento del centro de salud correspondiente. Dichos montos serán descontados de la recaudación que se obtenga de los ingresos municipales que anteriormente se mencionan. Ambas instancias de gobierno se comprometen a detallar mediante anexos a este convenio las particularidades sobre los mecanismos de actuación para cubrir los objetivos del mismo, en correspondencia a las necesidades particulares de cada municipio. Con la finalidad de una mejor coordinación los municipios podrán formar grupos regionales inter-municipales con sus respectivos representantes. [1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre Convenio de Colaboración Administrativa en Materia de Ingresos Municipales que Celebran el Gobierno del Estado a Través de la Secretaría de Finanzas y los Municipios del Estada a Través de Sus Ayuntamientos en Puebla de «Administración Local de México,» Tomo II, (1997) del Instituto Nacional de Administración Pública, A. C., México

Véase También

Bibliografía

  • Convenio de Colaboración Administrativa en Materia de Ingresos Municipales que Celebran el Gobierno del Estado a Través de la Secretaría de Finanzas y los Municipios del Estada a Través de Sus Ayuntamientos en Puebla en «Desarrollo de las finanzas públicas metropolitanas: el municipio de Puebla, 1980-1989,» por José Luis Sánchez Ramírez (Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México, 1996)
  • Información sobre Convenio de Colaboración Administrativa en Materia de Ingresos Municipales que Celebran el Gobierno del Estado a Través de la Secretaría de Finanzas y los Municipios del Estada a Través de Sus Ayuntamientos en Puebla en el «Diccionario Jurídico de la Administración Local,» de Salvador Trinxet (2017)

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