Institución Financiera del Exterior. Materia de Fianzas en México en México
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Institución financiera del exterior. Materia de fianzas en la Legislación Mexicana
Artículo 15-A. Para efectos de esta Ley se entenderá por:
Institución Financiera del Exterior: La entidad financiera constituida en un país con el que México haya celebrado un tratado o acuerdo internacional (ver su concepto, así como tratado internacional, acuerdo internacional administrativo, acuerdo internacional medioambiental, acuerdo internacional no normativo, y acuerdo internacional sobre el transporte de mercancías perecederas o acuerdo ATP) en virtud del cual se permita el establecimiento en territorio nacional de Filiales;
Legislacion: Ley Federal de Instituciones de Fianzas
Tipo: Federal
Fecha de Publicacion: 29/12/1950
Recursos
Véase también (en general)
- Historia de la Legislación mexicana
- Legislación mexicana en materia ambiental
- Legislación mexicana en materia de comercio exterior
- Legislación mexicana en materia de derechos humanos
- Legislación mexicana vigente
- Legislación mexicana de las sociedades mercantiles
- Legislación Fiscal mexicana
Bibliografía de Derecho Mercantil
- Raúl Cervantes Ahumada, Derecho mercantil