Integración Impositiva

Integración Impositiva en México

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Definición y Carácteres de Integración Impositiva en Derecho Mexicano

Concepto de Integración Impositiva que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Gerardo Gil Valdivia) Es el proceso por el cual dos o más gravámenes se fusiona en uno solo. La integración de dos o más impuestos se puede realizar tratándose de varios tipos de gravámenes, pero en la teoría de la tributación la polémica más relevante en torno a esta materia es la relativa a la doble tributación de los dividendos, al ser gravados por el impuesto sobre la renta tanto de las empresas como de las personas físicas, por lo que reiteradamente se ha propuesto, a nivel doctrinal, la integración de estos dos impuestos ya sea en forma total o parcial.

Más sobre el Significado de Integración Impositiva

La renta percibida por el socio de una empresa debe pagar en primer lugar el impuesto sobre la renta de la empresa y posteriormente, el impuesto sobre la renta personal del socio, pero si se tratara de una persona física dedicada a actividades empresariales ese ingreso no estaría sujeto a la doble imposición. Por este motivo se ha planteado frecuentemente la desaparición del impuesto sobre la renta de las empresas o bien la supresión del mismo en tanto incida en los beneficios distribuidos. Debe aclararse que desde un punto de vista económico no existe doble imposición económica de los dividendos si el impuesto sobre la renta de las empresas se traslada hacia adelante a los precios, especialmente si la traslación se da acorto plazo, pero esta repercusión desvirtúa la naturaleza del impuesto, lo cual implica una incidencia del impuesto no deseada inicialmente. Pero, como referimos, es frecuente el caso del impuesto que no es trasladable a corto plazo, por lo que incide sobre las utilidades de las empresas gravadas.

Desarrollo

Existen varias propuestas de integración impositiva la cual puede ser total o parcial. En el caso de la integración total se procede como si no existiera el impuesto sobre la renta de la empresa y se consideran las utilidades como si hubiesen sido obtenidas directamente por los socios. Desde la perspectiva del derecho comparado este método se ha empleado para empresas pequeñas, pero no es aplicable al caso de las grandes empresas. En el caso de la integración parcial sólo se trata de evitar la doble imposición en cuanto al beneficio distribuido. Ha existido una amplia discusión doctrinaria sobre la conveniencia de conservar el impuesto sobre la renta de las empresas; sin embargo, éste es uno de los componentes básicos de todo sistema tributario moderno y está incluido como elemento esencial en la mayor parte de las propuestas teóricas en virtud de su contribución para la consecución de los objetivos de la política fiscal.

Recursos

Véase También

Bibliografía

Fuentes Quintana Enrique, Hacienda pública y sistemas fiscales, Madrid, Universidad Nacional de Educación a Distancia, 1978; Gil Valdivia, Gerardo «La teoría de la tributación y la función cambiante de la política impositiva», Boletín Mexicano de Derecho Comparado, México año XVII, número 51, septiembre-diciembre de 1984; Musgrave, Richard A., Public Finance in Theory and Practice, New York, McGran Hill, 1975; Neumark, Fritz, Principios de la imposición; traducción de José Zamit Ferre, Madrid, Instituto de Estudios Fiscales, 1974; Retchkiman, Benjamín, Finanzas públicas, México, UNAM (Sistema Universidad Abierta), 1981.

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