Mayor Beneficio

Mayor Beneficio en México

[aioseo_breadcrumbs][rtbs name=»informes-juridicos-y-sectoriales»][rtbs name=»derecho»]

Principio Generales del Amparo Penal: Mayor Beneficio, en Relación al Juicio de Amparo y al Procedimiento Penal

Un principio del juicio de amparo de «reciente» elaboración jurisprudencial es el de «mayor beneficio» al quejoso. Tiene fundamento en el artículo 17 constitucional, y puede formularse, en términos generales, diciendo que en el juicio de amparo debe interpretarse y aplicarse la ley del modo que otorgue el mayor beneficio jurídico al quejoso.10 El principio de mayor beneficio tiene múltiples aplicaciones, que van desde una interpretación pro actione de los requisitos para acceder a este medio de control constitucional, hasta la manera en que deben considerarse los conceptos de violación presentados por el quejoso. Es por tanto una manifestación del principio pro homine que busca dar a los derechos fundamentales el máximo espectro de tutela. Su justificación yace en el fin de la acción de amparo: proteger los derechos fundamentales; de tal manera que el juicio de garantías debe ofrecer la mayor amplitud para su salvaguarda, en beneficio de la parte que la representa: la quejosa.

Recursos

Notas y Referencias

  1. Doctor Ferrer Mac-Gregor, información sobre Principio Generales del Amparo Penal: Mayor Beneficio, en «El Juicio de Amparo y el Sistema Procesal Penal,» Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, Gobierno Federal, México

Véase También

Deja un comentario