Misoginia

Misoginia en México

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Descripción y Definición de Misoginia

En el contexto del derecho mexicano sobre derechos humanos y no discriminación, lo siguiente es una introducción general breve sobre misoginia: Es una tendencia a la aversión, que puede ser patológica o no, a las mujeres. Normalmente, se habla de la misoginia como un sentimiento por parte del hombre hacia la mujer, pero las mujeres también pueden presentar actitudes misóginas. La misoginia forma parte de los patrones culturales de muchas sociedades donde el rol de la mujer está supeditado exclusivamente al hogar y la reproducción y toda actividad por fuera de éste sólo es justificada en tanto y en cuanto conforme una extensión de su actividad maternal. Así _en estas culturas_ el ámbito de la educación o de la salud puede ser una actividad permitida; no así aquellos ámbitos que se consideran de dominio exclusivo masculino. La misoginia también implica la aceptación en contrapartida de la idea del machismo como balance necesario. Un individuo masculino misógino puede hacer ejercicio de su heterosexualidad sin que esto melle su prejuicio por el otro género. Una sociedad misógina establece rígidas reglas de conducta para las mujeres de manera que estas cumplan con la función que se les asigna. En tales sociedades ante la duda con respecto al cumplimiento estricto de estas reglas se toma la vía de culpar a la mujer dado que el hombre goza de preeminencia y mayor credibilidad. Otro aspecto donde se manifiesta la misoginia en estas sociedades es en los aspectos legales donde las mujeres suelen depender de los familiares masculinos para su desenvolvimiento, para la crianza de los hijos o para el sustento. La misoginia suele tener raíces de origen religioso que sirven de sustento a este sistema valores.

Recursos

Véase También

  • Discriminación Social
  • Discriminación Laboral
  • Discriminación Racial

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