Parlamento Centroamericano

Parlamento Centroamericano en México

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Parlamento Centroamericano en el Derecho Parlamentario

Introducción General

Parlamento significa, en una de sus acepciones, la cámara o asamblea legislativa, nacional o provincial; en otra, el razonamiento u oración que se dirigía a un congreso o junta; conociéndosele siendo también como la Asamblea de los grandes del reino, que bajo los primeros reyes de Francia se convocaba para tratar negocios importantes (DLE). Para Duverger, parlamento es una institución política formada por una o varias asambleas o cámaras, compuesta cada una de ellas por un número de miembros, cuyo conjunto dispone de poderes de decisión más o menos importantes. Mientras que la expresión centroamericano hace referencia a lo perteneciente o relativo a esta parte del Nuevo Mundo. La palabra parlamento se escribe en inglés, parliament; en francés, parlement; en alemán, Parlament y en italiano, parlamento.

Desarrollo de Parlamento Centroamericano en este Contexto

El parlamento centroamericano, dentro del contexto del derecho parlamentario, es un órgano regional representativo en donde se elaboran planteamientos, análisis y recomendaciones sobre asuntos políticos, económicos, sociales y culturales comunes al área centroamericana, así es como lo define el artículo primero del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y otras instituciones políticas de 1987, que entró en vigor el 1o. de mayo de 1990. Éste se encuentra integrado por 20 diputados de cada uno de los países miembros centroamericanos: El Salvador, Nicaragua, Guatemala, Honduras y Costa Rica, es decir, en total está constituido dicho parlamento por 100 diputados electos por sufragio universal, directo y secreto de acuerdo con la legislación interna de cada país, cuyo periodo en el cargo es de cinco años con la posibilidad de ser reelectos. Asimismo, también forman parte del parlamento centroamericano, con calidades especiales (no están ligados por mandato imperativo, con inmunidades y privilegios), los presidentes y vicepresidentes de los países miembros. La estructura de esta institución representativa de carácter regional es muy flexible, ya que se prevé, para la misma, la participación de tres, cuatro y cinco estados. Por otro lado, cuenta con tres órganos, el primero, la Asamblea Plenaria como órgano supremo, integrada por todos los diputados de la siguiente forma: 110 diputados sí participan cinco estados, 88 diputados si son cuatro países y 66 diputados si tres naciones integran el parlamento. El segundo órgano es la Junta Directiva, que se integra por un presidente en todos los supuestos, cuatro vicepresidentes si participan cinco países, tres si son cuatro y dos si participan tres naciones. Asimismo, el parlamento cuenta con cinco secretarios si éste se integra con cinco países, cuatro secretarios si lo componen igual cantidad de países y tres si participan tres naciones. Por último, el tercer órgano es el secretariado, al cual no se le asignan atribuciones y su personal es nombrado por la Junta Directiva.

Más Detalles

La sede oficial del parlamento centroamericano es la República de Guatemala, sin embargo podrá reunirse en cualquier otro Estado miembro (El Salvador, Nicaragua, Honduras y Costa Rica). Asimismo, funciona de forma permanente, tiene un periodo ordinario de sesiones (a partir del 25 de mayo), pero puede sesionar de manera extraordinaria cuando sea necesario y a solicitud de 44 diputados. Su quórum, al igual que su integración, cambian en función del número de países que participen, es decir, cinco, cuatro y tres, correspondiéndole como quórum 64, 51 y 38 diputados respectivamente. Sus decisiones son tomadas por mayoría simple, a excepción de las que reformen su Tratado Constitutivo, ya que para lo cual se requiere de una mayoría calificada (76 diputados), que representa el 83.6 por ciento del total de diputados pertenecientes a cinco países. Sus atribuciones están señaladas en varios artículos del mencionado Tratado. En primera instancia, los estados miembros no le ceden poderes soberanos, es un órgano consultivo de cooperación regional, como se señalaría en los discursos previos a su constitución, además de esta atribución, se le confiere una función de control sobre los organismos de integración centroamericana, ya que éstos tienen que rendirle informes. Al respecto, es importante destacar que ciertos instrumentos de control han quedado en suspenso; por ejemplo, conocer de los informes anuales de los diferentes órganos; la designación de funcionarios del más alto nivel en los órganos de integración centroamericana; y el nombramiento y remoción del titular del ejecutivo de la organización centroamericana. Los recursos con los que funciona el parlamento centroamericano son aportados, en partes iguales, por todos los países miembros. El proyecto de presupuesto lo elabora la Junta Directiva, pero su aprobación o no es función de la Asamblea Plenaria. El parlamento centroamericano surgió en un contexto de cambios, ten dientes hacia la democracia. A este respecto, un punto neurálgico, para que se pensará en crear un órgano regional representativo, fue la idea de contribuir en la búsqueda de la paz. Lo anterior, se puso de manifiesto en el discurso de toma de posesión del entonces Presidente de Guatemala, Vinicio Cerezo, cuando propuso la constitución del parlamento centroamericano, el día 14 de enero de 1986. Posteriormente, en la reunión Cumbre de Presidentes de Centroamérica, tuvo lugar la Declaración de Esquipulas (frontera de Guatemala, El Salvador y Honduras), en la que se planteó la creación de mecanismos institucionales, que permitieran fortalecer el diálogo y el pluralismo. De tal forma, el parlamento centroamericano actualizaba dichas aspiraciones. Como consecuencia de dicha Declaración, se creó una Comisión Preparatoria del Parlamento Centroamericano, integrada por los vicepresidentes de los países centroamericanos, que se encargó de la elaboración del Proyecto de Tratado Constitutivo. Esta Comisión se reunió, en agosto de 1986 en Guatemala, elaborándose el primer proyecto, mismo que pasó a una Comisión Técnica, integrada por dos representantes por cada país, bajo la coordinación del Vicepresidente de Guatemala. Más adelante el entonces Presidente de Costa Rica, Óscar Arias, en febrero de 1987, planteó la necesidad de elegir a los diputados para el parlamento centroamericano en un marco de libertad, pluralidad y honestidad.

Algunos Aspectos

En el Segundo Encuentro de Esquipulas del 7 de agosto de 1987, como preámbulo de la Declaración, se acordó concebir al parlamento centroamericano como un símbolo de libertad y reconciliación. Así, el 2 de octubre de 1987, en la reunión de la Comisión del Parlamento, se aprobó el texto final del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y Otras Instancias Políticas, el cual fue enviado a los gobiernos de la región, quienes lo suscribieron en distintas fechas: Guatemala el 14 de diciembre de 1987, Nicaragua el 20 de enero de 1988, Honduras el 28 de abril de 1988, El Salvador el 1o. de septiembre de 1989 y, por último, Costa Rica el 29 de septiembre de 1989, entrando en vigor el 1o. de mayo de 1990 que, de acuerdo con el artículo 2o., se instaló el parlamento centroamericano 18 meses después de la entrada en vigor de su Tratado Constitutivo. En el ámbito parlamentario de otros países, en la actualidad existen otras instituciones similares al parlamento centroamericano, por un lado, el Parlamento Latinoamericano, integrado por parlamentarios de los países firmantes del Tratado de Institucionalización del Parlamento Latinoamericano de 1987 (Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela). Por otro lado, en la Comunidad Europea -antes Comunidad Económica Europea- existe, como i
nstitución, el Parlamento europeo, quien ha prestado un constante apoyo al parlamento centroamericano, integrado este último por 567 eurodiputados electos en Francia, Reino Unido, Italia, Alemania, España, Bélgica, Grecia, Dinamarca, Irlanda, Luxemburgo, Países Bajos y Portugal (SUSANA THALÍA PEDROZA DE LA LLAVE).

Recursos

Bibliografía

CARPIO NICOLLE, Roberto, Características del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano. Panorama Centroamericano, núm. 9, INCEP, Guatemala, enero-marzo de 1988.

CERDAS, Rodolfo, El nuevo miembro del parlamento centroamericano. Análisis, núm. 5, año 1, San Salvador.

GARCÍA LAGUARDIA, Jorge Mario, «Parlamento centroamericano y Parlamento europeo. Canales de cooperación birregional», en Revista Mexicana de Estudios Parlamentarios, núm. 1, vol. I, Instituto de Investigaciones Legislativas, México, 1991.

Gran Enciclopedia del Mundo, Editorial Marín, España, 1970.

HERNÁN VARELA, Edgar, Esquema de análisis del Tratado del Parlamento Centroamericano, seminario La Elección de los Diputados Nacionales y el Parlamento Centroamericano, según las reformas electorales, CENITEC, San Salvador, 1991.

PEDROZA DE LA LLAVE, Susana Thalía, El Parlamento de la Unión Europea y sus competencias de control, en Boletín Mexicano de Derecho Comparado, núm. 82, UNAM, México, enero-abril de 1995.

Real Academia Española. Diccionario de la Lengua Española, Espasa-Calpe, Madrid, 1992, 21a. ed.

Seminario. La Elección de los Diputados Nacionales y el Parlamento Centroamericano, según las reformas electorales, CENITEC, San Salvador, 199.1 Tratado de la Unión Europea, Civitas, Madrid, 1992, 2a. ed.

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