Prácticas Desleales de Comercio Internacional

Prácticas Desleales de Comercio Internacional en México

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prácticas desleales de comercio internacional en la Legislación Mexicana

Artículo 28. Se consideran prácticas desleales de la importación de mercancías en de de precios o de subvenciones en el país exportador, ya sea el de origen o el de procedencia, que causen daño a una rama de producción nacional de mercancías idénticas o similares en los términos del artículo 39 de esta Ley. Las físicas o morales que importen mercancías en de prácticas desleales de estarán obligadas al pago de una cuota compensatoria conforme a lo dispuesto en esta Ley.

Legislacion: Ley de Exterior

Tipo: Federal

Fecha de Publicacion: 27/07/1993

Recursos

Véase también (en general)

Bibliografía General

  • Luis Recasens Siches, Tratado general de filosofía del Derecho
  • Felipe Tena Ramírez, mexicano
  • Manuel Borja Soriano, general de las
  • José Becerra Bautista, El proceso civil en México
  • Eduardo García Máynez, Introducción al estudio del Derecho
  • Jorge Carpizo McGregor, La mexicana de 1917
  • Gabino Fraga,
  • Mario de la Cueva y de la Rosa, El nuevo Derecho mexicano del trabajo
  • Ramón Sánchez Medal, De los civiles
  • Ignacio Galindo Garfias, : primer curso
  • Rafael Rojina Villegas, Compendio de

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