Principio de Relatividad de las Sentencias

Principio de Relatividad de las Sentencias en México

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Principio de Relatividad de las Sentencias en relación con los Principios del Derecho de Amparo

Es la llamada «formula Otero». Las sentencias solo surten efecto en relación con las personas que promovieron el juicio (quejosos) jamás respecto de otros.

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El principio puede extenderse a las autoridades: las sentencias contraen sus efectos a las que fueron parte como responsables. ARTÍCULO 107 constitucional, fracción II y 76 de la Ley de Amparo ARTÍCULO 76. Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de los individuos particulares o de las personas morales, privadas u oficiales que lo hubiesen solicitado, limitándose a ampararlos y protegerlos, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda, sin hacer una declaración general respecto de la ley o acto que la motivare.

Desarrollo de este sentido de Principio de Relatividad de las Sentencias

ARTÍCULO 107. Todas las controversias de que habla el Artículo 103 se sujetarán a los procedimientos y formas del orden jurídico que determine la ley, de acuerdo con las bases siguientes:

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II. La sentencia será siempre tal, que sólo se ocupe de individuos particulares, limitándose a ampararlos y protegerlos en el caso especial sobre el que verse la queja, sin hacer una declaración general respecto de la ley o acto que la motivare.

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