Proceso Legislativo

Proceso Legislativo en México

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Proceso legislativo en el Derecho Constitucional

Descripción que efectúa el Diccionario Jurídico de Derecho Constitucional (México, 1997) sobre Proceso legislativo:Secuela de actos lógica y sistemáticamente realizados, por virtud de la cual se presentan, estudian, discuten y votan las iniciativas de ley o decreto por parte de un órgano colegiado en el que se deposita la función legislativa.

A nivel federal todo proyecto de ley o decreto que se envía al presidente de la república para su promulgación es el resultado de la coincidencia de dos voluntades: la de la cámara de diputados y la de senadores, expresadas separada y sucesivamente sobre un mismo texto.

El proceso legislativo existe con vista a hacer operante la manifestación de la voluntad de los entes colectivos denominados cámaras; busca, además, que la presentación, estudio, dictamen, discusión y aprobación de las iniciativas de leyes y decretos se haga en forma independiente, separada, sucesiva, adecuada, madura y oportuna, con vista a que la ley sea justa y sin vicios de inconstitucionalidad; que la voluntad de los legisladores se exprese en forma libre, informada y responsable.

Las etapas que integran el proceso legislativo están estructuradas con el objeto de permitir el estudio serio de las iniciativas, evitar precipitaciones, economizar tiempo, dado lo relativamente reducido de sus reuniones; permitir una mayor información en relación con las materias a discutir; excluir interferencias de los otros poderes y evitar que la ciudadanía, directa o indirectamente, ejerza presiones indebidas sobre la persona de los legisladores.

Los principios que regulan el proceso legislativo, por cuanto a que establecen privilegios, aluden a garantías, procuran seguridad, se han elevado a rango constitucional. Eso explica la minuciosidad de los artículos 61, 71, 72, 110 y 111 de la constitución.

Proceso Legislativo en el Derecho Parlamentario

Concepto y análisis ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados: Proceso, se traduce en otros idiomas como: process, en inglés; procès, en francés; prozess, en alemán; processo, en portugués e italiano (Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente enciclopedia jurídica: procedimiento legislativo) (LUIS J. MOLINA PIÑEIRO).

Desarrollo de Proceso Legislativo en este Contexto

Proceso legislativo en el Derecho Parlamentario

Concepto de proceso legislativo en la práctica legislativa mexicana: Es el conjunto de actos y procedimientos legislativos, concatenados cronológicamente, para la formación de leyes, así como para reformar la Constitución y las leyes secundarias. Tiene como características: 1) ser constitucional, ya que su procedimiento se expresa en los artículos 71 y 72 de la Carta Magna; 2) ser formal, en función de que su validez debe respetar los procedimientos previstos en las normas constitucionales; y 3) ser bicamaral, ya que requiere de la participación de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, salvo en los casos que la normatividad refiere a las facultades exclusivas de cada Cámara.

El Gobierno Federal participa en el proceso legislativo para presentar iniciativas, promulgar y publicar las leyes y decretos (con las excepciones previstas expresamente en la propia Constitución); las legislaturas de los Estados participan para presentar iniciativas y avalar reformas constitucionales; y los diputados federales y senadores participan al presentar iniciativas y, en su caso, aprobar las leyes y decretos correspondientes.

En México, a partir de la Reforma Político-Electoral del 2014 se reguló constitucionalmente la participación de los ciudadanos en la presentación de iniciativas de ley, ante el Poder Legislativo, a través de la iniciativa ciudadana.

Los procedimientos más característicos que deben seguirse durante el proceso para elaborar y poner en vigor las normas son los siguientes: 1) presentación de la iniciativa, 2) turno de la iniciativa para su estudio a la comisión de dictamen correspondiente, 3) dictamen de comisión, 4) presentación de la primera y segunda lectura del dictamen ante el Pleno, 5) discusión, 6) aprobación, 7) sanción, 8) promulgación y publicación, y 9) iniciación de la vigencia. Consulta: Flujo de Proceso legislativo del Link «Lo que debes saber del Congreso».

Proceso Legislativo en el Derecho Parlamentario

Introducción General

Proceso, se traduce en otros idiomas como: process, en inglés; procès, en francés; prozess, en alemán; processo, en portugués e italiano (vid. supra, procedimiento legislativo) (LUIS J. MOLINA PIñEIRO).

Desarrollo de Proceso Legislativo en este Contexto

Más Detalles

Proceso Legislativo en la Administración Local

Concepto de proceso legislativo en el contexto del gobierno municipal y la administración pública local mexicana: Funcionario público encargado de presidir el Ministerio Público Federal. (Ayuntamiento de Mexicali, p 549) [1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Olmedo, Raúl, Voz Proceso Legislativo. Diccionario Práctico de la Administración Pública Municipal (1998, 2da Edición). México: Editorial Comuna

Véase También

  • Administración Pública Municipal
  • Administración Pública Local
  • Estructura del Municipio

Recursos

Véase También

Bibliografía

Recursos

Bibliografía

: HERRERA y LASSO, Manuel, estudios constitucionales, JI y 1lI; ARTEAGA NAVA, Elisur, derecho constitucional.

Proceso Legislativo en el Contexto de la Gestión Pública y las Ciencias Políticas

Definición de Proceso Legislativo publicada por Víctor Manuel Alfaro Jimenez, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): El proceso legislativo se refiere al conjunto de pasos que deben seguir las cámaras para crear una ley, reforma o decreto que sea aprobada por el congreso de la Unión. Estos pasos se dividen en: presentación de iniciativas; discusión y aprobación de las mismas; sanción, y publicación e iniciación de su vigencia

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