Régimen Jurídico del Personal en Puebla

Régimen Jurídico del Personal en Puebla en México en México

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Regimen Jurídico del Personal en Puebla

Está normado por las leyes y la normatividad: de los Trabajadores al Servicio del Estado, de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, de Estímulos, Recompensas y Premios a los Funcionarios y Empleados del Gobierno del Estado, del Seguro de Vida para los Servidores del Gobierno del Estado y del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado de Puebla, así como del Sistema de Ahorro para el Retiro, Programa de Prestaciones Contingentes de los Trabajadores al Servicio del Estado y Manual de Organización de la Junta de Administración del Seguro de Vida para los Servidores del Gobierno del Estado de Puebla.
•Ley de Trabajadores al Servicio del Estado. Establece la relación jurídica de trabajo para todos los efectos legales entre los trabajadores de base del estado: quedan excluidos de esta ley los supernumerarios y los de confianza, así como los trabajadores de la educación, que se rigen por. sus leyes específicas, y los magistrados y jueces que se rigen por la Ley Orgánica del Departamento Judicial del Estado. Para la no previstos en la presente ley, establece dicho ordenamiento, se aplicará supletoriamente la Ley Federal del Trabajo y en su defecto la costumbre o el uso; a falta de ellos, los principios generales del derecho y la equidad. En la mencionada ley se establecen los derechos y obligaciones de los trabajadores de base.
•Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. Define y propone quiénes son sujetos de responsabilidades en el ámbito local y municipal, considerando como tales a quienes ostentan un empleo, cargo o comisión en la administración pública estatal o municipal, en el poder legislativo o judicial, así como toda persona que maneje o aplique fondos y recursos públicos. La presente ley ejercita los dispositivos legales necesarios para regular la conducta de los servidores públicos.
•Ley de Estímulos, Recompensas y Premios a los Funcionarios y Empleados del Gobierno del Estado. Tiene por objeto regular el otorgamiento de estímulos, los cuales pueden ser mención honorífica, diploma o medalla, recompensas, las cuales podrán ser vacaciones extraordinarias, becas personales en planteles o instituciones nacionales o del extranjero, sumas en efectivo o premios a los funcionarios y empleados del gobierno del estado. Para tal efecto se estructuran cuatro categorías: categoría A para 50 años de servicio; categoría B para 40 años de servicio; categoría C para 30 años de servicio; categoría D para 25 años de servicio. Las dos primeras dan derecho a medalla y las restantes a diploma.
•Ley del Seguro de Vida para los Servidores del Gobierno del Estado. Establece para la entidad federativa de Puebla, con carácter obligatorio, el seguro de vida para los servidores del gobierno.
•Ley del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado de Puebla. Establece los derechos a los siguientes beneficios que el Instituto proporciona con carácter obligatorio a los trabajadores al servicio de los poderes del estado de Puebla y organismos públicos descentralizados, los cuales son los siguientes: seguro de enfermedades generales y maternidad, seguro de riesgos de trabajo, servicios que eleven los niveles de vida de los beneficiarios de esta ley, créditos para adquisición de casa o terrenos para su construcción destinados a la habitación familiar del trabajador, préstamos hipotecarios, préstamos para la adquisición de bienes de consumo duradero, con reserva de dominio, préstamos a corto plazo, jubilaciones, pensión por vejez, pensión por invalidez, pensión por muerte, pago póstumo a deudos, devolución del valor de sus aportaciones al fondo de pensiones a los trabajadores que se separen del servicio, estímulos económicos a los 20, 25 Y30 años de servicio y los demás que establezca la presente ley.
•Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro. Establece el Sistema de Ahorro para el Retiro en favor de los trabajadores de la administración pública estatal, el cual se ejerce mediante la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, la cual está obligada a enterar el importe de las aportaciones correspondientes al Sistema de Ahorro para el Retiro, mediante la constitución de depósitos de dinero en favor de cada trabajador, en la forma y términos previstos en este decreto, con excepción de las dependencias y entidades que cuenten con su propia nómina, las cuales serán responsables de cubrir esta responsabilidad.
•Programa de Prestaciones Contingentes de los Trabajadores al Servicio del Estado. Que tiene por objeto asegurar el patrimonio de los servidores públicos y de sus familiares independientemente de los beneficios proporcionados por el ISSSTEP, otorgando prestaciones económicas en el momento de su retiro del servicio activo, en caso de fallecimiento, a sus deudos, o en caso de quedar imposibilitados para seguir trabajando. El programa ofrece beneficios tales como seguro de vida, seguro de invalidez total y permanente, seguro de pérdidas orgánicas por accidente, fondo de retiro, ingresos netos superiores.
•Manual de Organización de la Junta y Administración de Seguro de Vida para los Servidores del Gobierno el estado de Puebla. Crea la Junta de Administración del Seguro de Vida para los Servidores, que tiene por objetivo recabar y administrar las cuotas de los asegurados y hacer el pago del seguro de vida instituido para los servidores públicos. Dicha junta está constituida por el poder ejecutivo, el legislativo,el judicial y la base sindical de los trabajadores. [1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre Regimen Jurídico del Personal en Puebla de «Administración Local de México,» Tomo II, (1997) del Instituto Nacional de Administración Pública, A. C., México

Véase También

Bibliografía

  • Regimen Jurídico del Personal en Puebla en «Desarrollo de las finanzas públicas metropolitanas: el municipio de Puebla, 1980-1989,» por José Luis Sánchez Ramírez (Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México, 1996)
  • Información sobre Regimen Jurídico del Personal en Puebla en el «Diccionario Jurídico de la Administración Local,» de Salvador Trinxet (2017)

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