Reglamento del Condominio

Reglamento del Condominio en México

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El Reglamento del Condominio en el Derecho de los Bienes

La presente sección analiza el reglamento del condominio en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación al reglamento del condominio. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las cuestiones más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco del reglamento del condominio y el Derecho de los Bienes.

El Reglamento del Condominio en la Teoría General de los Bienes

Todo inmueble sujeto al régimen de propiedad y condominio debe necesariamente tener un reglamento (4o. in fine, LRPC) y el desarrollo de la comunidad en el mismo, depende en gran medida de éste. el reglamento tiene su fuente en la declaración unilateral de voluntad de quien constituya el condominio o en la asamblea de condóminos (artículo 29, fracción XI, LRPC) y la ley de la materia determina en cierta medida su contenido estableciendo un mínimo de disposiciones que responden a tres ideas básicas: las limitaciones a que queda sujeto el ejercicio del derecho de usar tanto los bienes comunes como las unidades privativas (lo que significa que la voluntad privada modela el ejercicio de los derechos reales), la fijación de los derechos y obligaciones, de los condóminos y las facultades y garantías del administrador (artículo 34, LRPC). Existen dentro de la propia ley de la materia, sin embargo, limitaciones a la voluntad particular en la determinación del contenido del reglamento (vgr, los derechos de las minorías en el quorum de asistencia y votación en la Asamblea —artículos 27, fracción VI, 44 y 45, LRPC).

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El Reglamento del Condominio en el Derecho de los Bienes

La presente sección analiza el reglamento del condominio en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad normativa mexicana actual en relación al reglamento del condominio. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las cuestiones más significativas que han ido configurando dicha institución en México, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco del reglamento del condominio y el Derecho de los Bienes .

El Reglamento del Condominio en la Teoría General de los Bienes

Todo inmueble sujeto al régimen de propiedad y condominio debe necesariamente tener un reglamento (4o. in fine, LRPC) y el desarrollo de la comunidad en el mismo, depende en gran medida de éste. el reglamento tiene su fuente en la declaración unilateral de voluntad de quien constituya el condominio o en la asamblea de condóminos (artículo 29, fracción XI, LRPC) y la ley de la materia determina en cierta medida su contenido estableciendo un mínimo de disposiciones que responden a tres ideas básicas: las limitaciones a que queda sujeto el ejercicio del derecho de usar tanto los bienes comunes como las unidades privativas (lo que significa que la voluntad privada modela el ejercicio de los derechos reales), la fijación de los derechos y obligaciones, de los condóminos y las facultades y garantías del administrador (artículo 34, LRPC). Existen dentro de la propia ley de la materia, sin embargo, limitaciones a la voluntad particular en la determinación del contenido del reglamento (vgr, los derechos de las minorías en el quorum de asistencia y votación en la Asamblea —artículos 27, fracción VI, 44 y 45, LRPC). [1]

Recursos

Notas

  1. Información sobre el reglamento del condominio en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Jorge A. Sánchez-Cordero Dávila, reimpresión de la 1a ed. de 1981

Bibliografía

  • Mateos Alarcón, Manuel, Lecciones de derecho civil. Estudios sobre el Código Civil del Distrito Federal, promulgado en 1870, México, Imprenta, Litográfica y Encuadernación de ‘rimo Paz, 1892.
    Mazcaud, Henri, León y Jean, Lelons de droit civil, París, Montchretien, 1975 (5a. ed.).
    Mazeaud, Henri y León y Tunc, André, Tratado teórico y práctico de la responsabilidad civil delictual y contractual, trad. de Luis Alcalá Zamora y Castillo, Buenos Aires, Ediciones Jurídicas Europa-América, 1961.
    Messine, Francesco, Manual de derecho civil y comercial, trad. de Santiago Sentís Melendo, Buenos Aires, Ediciones Jurídicas Europa-América, 1955.
    Planiol, Marcelo y Ripert, Jorge, Tratado práctico de derecho civil francés, trad. de Mario Díaz Cruz y Eduardo Le Riverend, La Habana, Ed. Cultura, 1940.

Recursos

Notas

  1. Información sobre el reglamento del condominio en «Introducción al Derecho Mexicano», UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: La Gran Enciclopedia Mexicana, Jorge A. Sánchez-Cordero Dávila, reimpresión de la 1a ed. de 1981

Bibliografía

  • Mateos Alarcón, Manuel, Lecciones de derecho civil. Estudios sobre el Código Civil del Distrito Federal, promulgado en 1870, México, Imprenta, Litográfica y Encuadernación de ‘rimo Paz, 1892.

    Mazcaud, Henri, León y Jean, Lelons de droit civil, París, Montchretien, 1975 (5a. ed.).

    Mazeaud, Henri y León y Tunc, André, Tratado teórico y práctico de la responsabilidad civil delictual y contractual, trad. de Luis Alcalá Zamora y Castillo, Buenos Aires, Ediciones Jurídicas Europa-América, 1961.

    Messine, Francesco, Manual de derecho civil y comercial, trad. de Santiago Sentís Melendo, Buenos Aires, Ediciones Jurídicas Europa-América, 1955.

    Planiol, Marcelo y Ripert, Jorge, Tratado práctico de derecho civil francés, trad. de Mario Díaz Cruz y Eduardo Le Riverend, La Habana, Ed. Cultura, 1940.

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